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jurisprudencia constitucional

Violación de un precedente

En la sentencia que ratificó la aplicación de la cuota de género por demarcación territorial, el Tribunal Constitucional estableció que los legisladores incurrieron en una violación de un precedente con la aprobación de la ley 20-23, orgánica del régimen electoral.

Específicamente, el órgano señaló que la disposición contenida en la parte final del artículo 142 de la ley 20-23, vulnera el precedente sentado por la Alta Corte en la sentencia TC/0104/20, siendo uno de los motivos por los que acogió la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por un grupo de mujeres.

A su vez, advirtió que “el desconocimiento y vulneración de los precedentes del Tribunal Constitucional, como en el caso de la especie, envía un distorsionado mensaje a los ciudadanos y otros representantes de los poderes públicos, en lo que concierne al deber fundamental que consigna el artículo 75, numeral 1 de la Constitución, que consagra el compromiso fundamental de acatar y cumplir la Constitución y las leyes, mandato del cual no se encuentran exentos los órganos y poderes del Estado.” (TC-0620-23).