A propósito de la libertad de prensa

El 3 de mayo de cada año se celebra el Día Mundial de la Libertad de Prensa; así fue declarado por la Organización de las Naciones Unidas en el año 1993, declaratoria que para ese momento tuvo como finalidad “resaltar la importancia de la libertad de expresión, el acceso a la información y proteger a los periodistas de ataques y censura”.

Dada la finalidad perseguida en su momento es muy posible que haya sido la razón por la que a través del tiempo se ha relacionado o, más bien, circunscrito la libertad de prensa al periodista de manera exclusiva; sin embargo, la realidad es que no es el caso, habida cuenta de que, al tenor de la Declaración de Chapultepec de 1994, “toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos”.

En el caso de la República Dominicana, más clara no puede ser la Constitución, la que sobre la libertad de expresión e información dispone en su artículo 49 que “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”.

Claro está, y esto es bueno tenerlo presente y darle cumplimiento estricto para precisamente proteger y mantener en el tiempo ese derecho, que como igual dispone el texto constitucional, “el disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas”.

Cuando la Ley Sustantiva de la nación dispone en el referido artículo lo que es el derecho a la información, bajo el enunciado de que el mismo “comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley”; el acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público por parte de los medios de información; el secreto profesional y la cláusula de conciencia, lo mismo que el derecho a réplica y rectificación, así como el “acceso equitativo y plural de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación propiedad del Estado”, lo que procura es regular dicho derecho, regulación que opera como una garantía para todos y que por tanto debe cuidarse con el esmero debido.

Así las cosas, debe procurarse a la hora de ejercer dicho derecho de expresión e información tener presente que no deben cruzarse los límites establecidos porque con eso lo único que se logra es debilitar dicho derecho, cualquierizar la información servida, perder credibilidad y fuerza, con lo que pierde la sociedad, lo mismo que mancillar honras personales innecesariamente, por lo que exhorto a que fortalezcamos la libertad de prensa, asumiéndola con toda la madurez y responsabilidad requeridas, para que real y efectivamente cumpla su cometido.

El autor es ocoeño y egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

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