Igualdad de género

El Reglamento para la Aplicación de la Política de Igualdad de Género en el Poder Judicial precisa que la igualdad de género es la relación de equivalencia en el sentido de que las personas tienen el mismo valor, independientemente de su sexo. Es un derecho fundamental que se apoya en el concepto de justicia social.

Desde una óptica internacional, en algunos países de Europa, las definiciones de igualdad de género se exploran comparativamente con las cuestiones de políticas, familiares y violencia doméstica, mientras que, en otros países, está vinculado a los temas de la prostitución (Austria y Eslovenia), migración (Holanda y Grecia), derechos homosexuales (España) y antidiscriminación (Hungría).

Al respecto, ONU Mujeres afirma que la igualdad de género es imprescindible para lograr sociedades pacíficas, con pleno potencial humano y capaces de desarrollarse de forma sostenible. Además, está demostrado que el empoderamiento de las mujeres estimula la productividad y el crecimiento económico.

No obstante, hay millones de mujeres en la región y en el mundo cuyo derecho humano se vulnera todos los días. En ese contexto, el Foro Económico Mundial (WEF por sus siglas en inglés) realizó un estudio analizando estas variables: participación económica, logro educativo, salud y supervivencia y empoderamiento político. En promedio, determinó que alcanzar la igualdad de género en el mundo tardará más de cien años.

El referido estudio indica que en América Latina y el Caribe se ha cerrado la brecha de género en un 74,3%, pronosticando que la región tardaría 59 años en alcanzar la igualdad de género. Esto es distinto, por ejemplo, en Asia del Este y el Pacífico, que se pronostica que tardarán 163 años en alcanzar la igualdad.

En consecuencia, es menester fomentar los lazos de cooperación con los organismos internacionales con el objetivo de obtener fondos para la ejecución de los programas y proyectos de experiencias en políticas de igualdad de género. De igual forma, implementar las observaciones y recomendaciones del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW/C/74/3).

En conclusión, los precitados datos contribuyen a identificar que la igualdad de género incluye la igualdad de facto y la de jure (por ley), la de oportunidades y la de resultados, así como la eliminación de todos los mitos y estereotipos de género.

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