Cortesía
Normas de respeto en parqueos y asientos preferenciales
Reflexión
- Más allá de la ley, el uso correcto de parqueos y asientos preferenciales es una expresión de civismo, empatía y buena educación social. Respetarlos es una obligación legal y un acto elemental de empatía.
Las mujeres embarazadas y las personas con discapacidad motora tienen preferencia para el uso de parqueos en espacios públicos y privados.
En la vida cotidiana, los espacios que compartimos como calles, plazas comerciales, edificios y transporte, son escenarios donde se pone a prueba nuestra educación social. Por tanto, el respeto a los parqueos y asientos preferenciales destinados a adultos mayores, personas con movilidad reducida y mujeres embarazadas responde a normas jurídicas y a principios esenciales de cortesía, consideración y convivencia.
Desde la perspectiva de la etiqueta, la cortesía es una herramienta de armonía social. Ceder un asiento, respetar un parqueo reservado o facilitar el paso a quien tiene movilidad limitada refleja sensibilidad hacia realidades distintas a la propia. Estos gestos, aunque sencillos, dignifican la vida en comunidad y fortalecen el respeto mutuo.
La legislación dominicana ha dado pasos firmes y relativamente recientes en la protección de estos derechos. La Ley No. 5-13, sobre Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad, establece de manera clara que las mujeres embarazadas y las personas con discapacidad motora tienen preferencia para el uso de parqueos en espacios públicos y privados.
Esta normativa introduce el concepto de accesibilidad universal, obligando a que toda construcción sea nueva o remodelada, disponga de parqueos debidamente habilitados y señalizados para personas en condiciones especiales, incluidas aquellas con movilidad reducida. El incumplimiento por parte de contratistas, ingenieros o arquitectos conlleva sanciones severas, que van desde multas hasta el cierre de la obra, subrayando la seriedad con la que el Estado aborda esta materia.
Consecuencias
Ocupar indebidamente un parqueo reservado es una infracción. El artículo 142 de la Ley No. 5-13 establece sanciones económicas equivalentes al 15 % del salario mínimo para personas físicas o morales que violen los espacios asignados a personas con discapacidad, movilidad reducida o embarazada.
Sin embargo, más allá de la multa, existe una consecuencia ética: la indiferencia frente a quien realmente necesita ese espacio.
El mismo principio aplica en el transporte público y en las salas de espera. Los asientos preferenciales no deben ocuparse “hasta que alguien los reclame”. La cortesía indica que deben mantenerse disponibles y cederse de forma inmediata, sin gestos de molestia ni necesidad de solicitud.
Educar con el ejemplo
La cultura ciudadana se construye con acciones coherentes. Respetar un parqueo o ceder un asiento es una lección silenciosa que impacta a niños, jóvenes y adultos por igual. Estos pequeños actos tienen un alto valor simbólico y proyectan una sociedad más humana, organizada y consciente.
La cortesía no se improvisa. Se practica. Porque una sociedad educada no es la que más leyes tiene, sino la que mejor las honra en su vida diaria. El respeto a los parqueos y asientos preferenciales es un reflejo de quiénes somos como sociedad. No se trata únicamente de cumplir una norma o evitar una sanción, sino de reconocer que todos, en algún momento de la vida, podemos necesitar consideración especial.

