Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

justicia 

Con una medida de coerción en su contra: ¿Qué sigue ahora para Wander Franco?

Lo próximo para el torpedero de 22 años es el apoderamiento de un juzgado de instrucción como Juez Control de las investigaciones que continuara realizando el Ministerio Público

El campocorto dominicano de béisbol de los Tampa Bay Rays, Wander Franco, quien enfrenta una acusación de abusar sexualmente de una niña menor de edad, abandona la corte bajo una fuerte escolta en Puerto Plata, República Dominicana, el 5 de enero de 2024.

El campocorto dominicano de béisbol de los Tampa Bay Rays, Wander Franco, quien enfrenta una acusación de abusar sexualmente de una niña menor de edad, abandona la corte bajo una fuerte escolta en Puerto Plata, República Dominicana, el 5 de enero de 2024.AFP

Con la imposición de una garantía económica de dos millones de pesos y presentaciones periódicas ante las autoridades como medida de coerción en contra del pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, por supuestamente abusar sexualmente de una menor, es importante conocer cuales son las etapas que agotará el jugador de 22 años a partir de ahora.

Lo que sucedió este viernes fue que el juez de la Oficina de Atención Permanente de Puerto Plata acogió la petición del Ministerio público, una vez evaluada la documentación aportada por el órgano acusador y la defensa del imputado.

Lo próximo para Franco es el apoderamiento de un juzgado de instrucción como Juez Control de las investigaciones que continuará realizando el Ministerio Público.

Ese juez control es el que se encargará de conocer las revisiones de las medidas de coerción periódicamente; además, es quien autoriza cualquier diligencia procesal tanto de los fiscales como del imputado.

Cuando los fiscales presenten la acusación formal en contra del encartado, para el conocimiento del juicio o audiencia preliminar, el juez control deja de tener competencia para conocer diligencias o revisión de medida de coerción, ya que se apodera un juez que se encarga de ahí en adelante.

Seguido se presenta la acusación, se apodera un juzgado de la instrucción que conozca del juicio preliminar o solicitud de apertura a juicio por parte del Ministerio Público.

El proceso sigue si el juez de instrucción envía al acusado a un juicio de fondo que será conocido por un Tribunal Colegiado, integrado por tres jueces, quienes por mayoría de votos condenan o descargan al imputado.

Si una vez emitida la decisión alguna de las partes no está conforme puede proceder a depositar un recurso de apelación por ante la Corte de Apelación de esa jurisdicción.

Entonces esa apelación es conocida por un tribunal de alzada, que por igual son tres jueces de mayor jerarquía, quienes podrían ratificar la decisión o anularla y ordenar la celebración de un nuevo juicio. Otra opción es que ellos dicten su propia sentencia.

Si alguna de las partes no está conforme con la decisión de ese otro tribunal, el caso iría en casación ante la segunda sala penal de la Suprema Corte de Justicia, que está conformada por cinco jueces pero que puede tomar su decisión con la participación de la mayoría.

Esa corte podría anular la decisión y ordenar la celebración de un juicio. También podría ratificar la misma.

En caso de que una de las partes alegue violación a derechos el caso podría llevarse entonces ante el Tribunal Constitucional, que ya es la última instancia.

Este, a su vez, podría ordenar a la Suprema Corte, que se conozca otra vez el recurso de casación.

Tags relacionados