¿Cómo adquiere un niño la ciudadanía estadounidense al nacer?

Un niño nacido en el extranjero puede adquirir la ciudadanía estadounidense si al menos uno de sus padres es ciudadano de los Estados Unidos en el momento del nacimiento y cumple con los requisitos de presencia física. En la mayoría de los casos, el padre o madre ciudadano estadounidense debe demostrar haber residido físicamente en los Estados Unidos o en uno de sus territorios durante un mínimo de cinco años, de los cuales al menos dos deben haber sido después de cumplir los 14 años, antes del nacimiento del niño.

Al solicitar un pasaporte o un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), debe llevar los documentos originales requeridos a su cita; estos serán devueltos después de la entrevista. La falta de documentos puede causar demoras o requerir una nueva cita.

Los oficiales consulares también pueden solicitar evidencia adicional o una prueba de ADN para verificar la relación familiar. Tenga en cuenta que, por ley, las tarifas de pasaporte y CRBA no son reembolsables.

Para más información, visite:

https://do.usembassy.gov/consular-report-of-birth-abroad-crba/.