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Daniel Caamaño autorizaba pagos sin ningún control

Daniel Omar Caamaño, excontralor general.

Daniel Omar Caamaño, excontralor general.

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Yasmel CorporánSanto Domingo, RD

Daniel Omar de Jesús Caamaño Santana fue designado Contralor General de la República en septiembre de 2016 por el entonces mandatario Danilo Medina, cargo que asumió hasta agosto de 2020.

Según la solicitud de medida de coerción a los imputados en Operación Calamar, el excontralor pertenece a la presunta estructura de corrupción encabezada por los exministros implicados Donald Guerrero, José Ramón Peralta y Gonzalo Castillo.

De acuerdo con el MP, este entramado compuesto por importantes exfuncionarios de la pasadagestión de gobierno y otros individuos sin cargos gubernamentales, desfalcó al Estado por más de 19 mil millones de pesos.

Su rol en la estructura criminal

En el caso de Daniel Caamaño, el órgano judicial lo acusa de autorizar pagos basados en cesiones de créditos y de aprobar órdenes de pago de terrenos expropiados “sin hacer ningún control, a cambio de recibir su porcentaje de los sobornos”.

Las cesiones de crédito fueron el instrumento principal al que recurrió la estructura de corrupción para sustentar el desvío de los fondos.

Al excontralor también se le acusa de faltar a sus deberes de control y fiscalización de fondos públicos al consentir la emisión de pagos por concepto de compra de terrenos “amparados en carta constancia”,

Además se le imputa el aceptar como válidas “negociaciones con personas sin calidad” a la mayor velocidad sin verificar que el proceso cumpla con las normativas.

Según el MP, durante la gestión de Caamaño Santana al frente de la Contraloría, ninguno de los expedientes de expropiación que beneficiaron con sumas cuantiosas a los imputados Donald Guerrero, Rafael Gómez, Princesa García, Luis Piccirillo y a él mismo “cumplían con los requisitos exigibles a cualquier otro expediente de pago de deuda pública, declaratoria de utilidad pública o compra de terrenos”.

Lo que hace constar el órgano en el documento en reiteradas ocasiones es que, aunque el rol de Caamaño Santana como contralor era velar por el debido recaudo, manejo, uno e inversión de los recursos públicos, su trato con estos fondos fue “doloso y contrario a la ley”.

Cabe señalar que en la solicitud de medida de coerción, se indica que Caamaño Santana recibió sobornos por más de RD$366 millones entre diciembre 2019 y julio 2020.

Distribución del dinero

El órgano persecutor indicó que, de cada una de estas transacciones irregulares, Caamaño Santana recibía un porcentaje del dinero sustraído.

Aunque ese porcentaje ascendía a montos millonarios, el excontralor era el que recibía menos “beneficios” de las operaciones del entramado, ya que solo se adjudicaba el 2%, mientras que las cabecillas (Gonzalo Castillo y José Ramón Peralta), recibían el 30%, Donald Guerrero un 8% y Piccirillo Mccabe, quien fue el director ejecutivo del Consejo Estatal de la Azúcar (CEA), se quedaba con un 5%.

El resto de los encartados beneficiados eran Ramón Emilio Jiménez “Mimilo”, José Arturo Ureña y Fernando Crisóstomo con un 4% de las ganancias ilícitas para su enriquecimiento personal.

Acusación

Por su presunta participación en el entramado de corrupción, el excontralor Daniel Caamaño Santana es acusado de formar parte, junto a otros funcionarios de la pasada administración, de una asociación de malhechores que actuó en perjuicio del Estado para beneficio personal y de terceros.

Igualmente, es señalado por prevaricación, desfalco, soborno y concusión, al ser parte de una estructura que “maniobró para que el Estado dominicano erogara fondos que en realidad no adeudaba”.

“(Caamaño) se enriqueció de manera injustificada utilizando prestanombres para recibir beneficios económicos de terceros, fruto de las operaciones delictuales que autorizó desde la Contraloría General de la República”, se leía en el documento.

El Ministerio Público expresa en el documento haber encontrado pruebas suficientes para determinar que tanto Caamaño Santana como los demás encartados, incurrieron en estos delitos que sustentan la solicitud de imposición de la medida de coerción.