Incentivo
Algunos empleados públicos cobraron compensación anual
Aunque algunos lo llaman sueldo número 14, en realidad se trata de una compensación extraordinaria salarial anual por desempeño, y para entregarla las instituciones tenían que tener los fondos presupuestados.
El llamado “Sueldo 14” aún no existe por ley en República Dominicana. Lo que se ha estado aplicando en varias instituciones públicas es una compensación anual que puede ser igual al salario mensual del empleado público o a una proporción, previa apropiación de los fondos en el presupuesto individual y previa autorización del Ministerio de Administración Pública (MAP).
Varios empleados públicos manifestaron sus quejas de que a la fecha no han cobrado el “salario 14”, pese a que laboran en instituciones que manejan muchos recursos y no han recibido mejoras en sus sueldos en un país con mucha carestía.
Le llaman así (sueldo 14), pero de lo que se trata es de una compensación extraordinaria anual que debe estar presupuestada en la cuenta correspondiente y tener la no objeción del MAP, como órgano rector, ya que es quien certifica las compensaciones o incentivos por horas extras, fue la explicación obtenida en cuanto a estos reclamos.
El monto y la cantidad de personas beneficiadas, así como las instituciones que otorgaron el incentivo no se pudo obtener, debido a que el dato puede aparecer en el Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF), que es una herramienta informática o clasificador presupuestario que permite a las instituciones públicas administrar sus presupuestos, contabilizar y autorizar pagos, pero daba error.
La compensación extraordinaria anual se aplica desde el 2014 y está sujeta a la retención del Impuesto Sobre la Renta, tal como si fuera un salario normal y tomando en cuenta la exención salarial y las tres escalas porcentuales de 15%, 20% y 25%.
En cuanto a que el monto cobrado pueda ser una proporción del salario anual, esto se debe a que depende de la disponibilidad de fondos de la institución en la cuenta presupuestaria que haya establecido para eso.
De acuerdo con el MAP, la compensación aplica para aquellos “colaboradores que dan la milla extra”, pero muchos creen que esto puede llevar a la discrecionalidad y la disposición de los fondos, ya que algunos empleados movidos a otras instituciones la recibieron completa.
Un empleado público que gana RD$60,000 al mes recibió RD$45,700 como compensación. Otro que trabaja en los dos sectores (público y privado) y que gana RD$175,000 en un part-time (medio tiempo) recibió su dinero de incentivo igualito a su salario del mes.
Este tipo de compensación no aplica a los sectores de los médicos, ni a militares, ni a maestros, como tampoco ningún otro incentivo.
3 Incentivo
El pasado año el MAP precisó que no se trata de un sueldo 14, sino de un incentivo y que para recibirlo los trabajadores tienen que cumplir con algunos requisitos.
Algunos medios recogieron en 2023 datos de pagos del incentivo en instituciones como la Procuraduría General de la República (PGR); la Junta Central Electoral (JCE), y el Tribunal Constitucional (TC). Se publicó que también la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) había anunciado que implementará el sueldo 14 a partir de este año 2024.
También fue pagado por la Dirección General de Embellecimiento de Carreteras y Avenidas de Circunvalación del País (Digecac), previo a recibir la no objeción del MAP y una puntuación de 80.17% en el Sistema de Monitoreo de la Administración Pública (SISMAP).
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Resolución
El incentivo está contemplado en el artículo 3, literal b, de la Resolución 041-2020, que establece los incentivos a ser otorgados a los servidores públicos de los distintos entes y órganos de la Administración Pública, el incentivo por cumplimiento de indicadores debe ser pagado en el cuarto trimestre del año.
Monto
El valor de este incentivo no debe exceder a un salario, corresponde a un año y será proporcional al tiempo de servicio de los funcionarios y empleados de la institución. La aprobación de esta solicitud no entraña en modo alguno obligación para la Dirección General de Presupuesto, por lo que el organismo debe contar previamente con la apropiación presupuestaria correspondiente.