ENERGÍA

El monopolio estatal es el único permitido

PETROCARIBE ES POSITIVO, PERO NO DEBE VERSE EMPAÑADO CON ESTA OPERACIÓN

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Leopoldo Espaillat NanitaSanto Domingo

Santo Domingo.- La participación del país en el acuerdo de PetroCaribe contiene dos factores en lo que concierne al suministro de su consumo petrolero, sea de crudos o refinados.

Primero: La seguridad del abasto, lo que implica de parte de Venezuela asignar al país su producción exportable, una cuota que puede cubrir o no la demanda nacional. Segundo: La facilidad del pago de la factura petrolera otorgada en forma de crédito en función directa del incremento especulativo de su precio en el mercado internacional, convertibles en préstamos a largo plazo para proyectos de desarrollo.

Esto conlleva la asignación de otra cuota, la que cubre la facilidad de pago o financiamiento y establece su cobertura y monto variables.

Datos El documento elaborado por la Comisión que evaluó la venta del 49% de Refidomsa muestra tres escenarios sobre la disponibilidad que obtendría el Gobierno dominicano conforme al margen de facilidad de pago que otorga el acuerdo de PetroCaribe, variable según la cuota asignada (que se deduce que es la parte financiada del suministro); y al precio de referencia de la factura petrolera, en forma de crédito a corto plazo, convertible en préstamos a largo plazo en términos extraordinariamente blandos para financiar proyectos de desarrollo, prioritariamente energéticos.

Según el cuadro, en el supuesto de que la importación financiada sea de 30,000 barriles por día a razón de US$70 el barril, el país consumiría 10,800,000 Bbls/ año con una factura total de US$756 millones y el Gobierno dominicano obtendría un crédito de un 40% de su monto ascendente a US$302.4 millones.

Si la importación financiada llegara a 50,000 Bbls/día, a razón de US$70/Bbl, el país consumiría 18,000,000 Bbls/ año con una factura total de US$1,260 millones y el Gobierno dominicano obtendría un crédito de un 40% de su monto ascendente a US$504 millones.

El informe evidencia que uno de los objetivos del Gobierno dominicano en esta negociación es incrementar la cuota financiada del total de consumo petrolero nacional (dato no consignado), llevándola de 30,000 a 50,000 Bbls/día, para aumentar proporcionalmente en dólares el crédito a corto plazo o fondo de préstamos blandos a largo plazo (25 años a un 1% anual). Si el país tiene soberanía en el destino de estos préstamos blandos para proyectos, con las condiciones pre-establecidas en el acuerdo de PetroCaribe, es obvio que sobran recursos, aún en el mínimo de 30,000 Bbls/día, para financiar la nueva infraestructura de refinación del país, amortizable con los ingresos de Refidomsa y de la nueva Refinería, sin asociar a ella al Estado venezolano.

PréstamosEste esquema es viable si el crédito a corto plazo es convertido en préstamos a largo plazo para proyectos autofinanciables que proveen recursos para su repago. Si el respiro otorgado al país en el pago de su factura petrolera con el crédito a corto plazo, liberándole recursos, es utilizado para otros fines, como ha sido el subsidio a través de las empresas distribuidoras del incontrolado costo de la energía servida por las empresas generadoras –incluyendo aquellas a las cuales está asociado el Estado dominicano- (los contratos de generación no han sido revisados) entonces es obvio que el país estaría tirando los recursos en un tonel sin fondo e incurriendo en una cuantiosa deuda con Venezuela, sin crear las fuentes para su pago.

El informe plantea que tres pagos que debían hacerse a Venezuela cubren el importe de la tasación de los activos adquiridos de Shell por US$110 millones, más una diferencia adicional de US$20 millones (declaraciones aparte explican que corresponden a las instalaciones de la terminal de Gas Licuado (GLP) de Puerto Viejo, en Azua (Opuvisa) y traspasadas en propiedad a Refidomsa), por lo que el monto de las importaciones de petróleo y derivados que el país adquiere de PDVSA monta a unos US$43.3 millones mensuales.

No indica si se hacen importaciones fuera de cuota o de otras fuentes de suministro.

Si uno de los objetivos del Estado dominicano en la negociación es obviar pagarle a Venezuela tres mensualidades de su factura petrolera, mientras le da apagones al país, sería síntoma de un grave desequilibrio financiero.

CoberturaEl documento da a entender que el crédito (que se cita como un 40% de la factura para un precio de importación de US$70/Bbl.), cubre por igual a importaciones de crudo como de refinados, pero no establece la forma de definir el precio de referencia de las importaciones de crudos y refinados para un período, para aplicar el porcentaje del monto financiado que corresponda.

Tampoco se establece cual es el precio de referencia que se aplicaría a la restante cantidad de importación no financiada (pagable al contado y asumiendo que se adquiera de PDVSA).

Para evaluar los méritos de esa posible importación, los datos de internet permiten establecer la diferencia entre los precios del crudo por países.

Pugna de Intereses Las posiciones públicas del sector privado nacional expresan claramente su aspiración de seguir incursionando en el lucrativo e incontrolado negocio energético, esta vez participando en el monopolio de la refinación de petróleo. A su vez, el Gobierno dominicano auspicia la participación de una empresa estatal extranjera.

A juicio del IE-UASD, el destino de la Refinería Dominicana de Petróleo, monopolio de refinación e importación de petróleo y derivados, debe estar marcado con el estricto respeto al Estado de Derecho, encabezado con la Constitución de la República, sin lo cual el país derivaría inevitablemente a la condición de Estado fallido.

Esta norma legal debe ser escrupulosamente observada tanto por el Gobierno dominicano como por el sector privado nacional y extranjero, porque si la economía se desenvuelve al margen del Estado de Derecho, quedaría completamente privado de garantía a sus intereses, sobre todo si involucra inversiones de corporaciones extranjeras.

ConstituciónLa Constitución Dominicana contiene dos previsiones claramente aplicables al destino de la Refinería Dominicana de Petróleo. El artículo 8, inciso 12 reza: “La libertad de empresa, comercio e industria. Sólo podrán establecerse monopolios en provecho del Estado o de instituciones estatales. La creación de esos monopolios se hará por Ley”. Por tanto este monopolio del ámbito energético es exclusivo atributo del Estado dominicano. Esto descarta toda apetencia de parte del sector privado nacional y/o extranjero, con o sin licitación.

Por otra parte, el artículo 3 de la Constitución reza: “La soberanía de la Nación dominicana, como Estado libre e independiente es inviolable.

La República es y será siempre libre e independiente de todo poder extranjero.

Por consiguiente, ninguno de los poderes públicos organizados por la presente Constitución podrá realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de República Dominicana o una ingerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en esta Constitución”.

Contra la soberanía La entrega por el Estado dominicano con o sin licitación, de una parte de un monopolio que se justifica en sus manos en virtud del arrículo 8, inciso 12 de la Constitución, que lo constituye en este caso la Refinería Dominicana de Petróleo y la terminal de GLP de Puerto Viejo a PDVSA, una empresa estatal extranjera (que equivale a entregarla a la República Bolivariana de Venezuela, un Estado extranjero), se constituye en una lesión a la soberanía de la República, porque otorgaría una intervención directa de ese Estado en un asunto interno estratégico de la nación, como lo es su suministro petrolero. Y además, porque atenta contra la personalidad e integridad del Estado dominicano, al reducir y condicionar su capacidad de decidir por sí mismo en materia del interés nacional, como lo es decidir sobre el suministro energético de la Nación; y lesiona su atributo exclusivo sobre todo lo que sea monopolio en la economía dominicana.

Integración y acuerdo PetroSur y PetroCaribe son valiosos instrumentos de un propósito trascendente, que ha sido encabezado por la República Bolivariana de Venezuela y el presidente Hugo Chávez, que lo es la integración latinoamericana.

Ésta solo será posible como una asociación voluntaria y libre de coacción de las naciones del tercer mundo del hemisferio para liberarse de los mecanismos de explotación y exacción que le ha sido impuesto por el primer mundo. Dada la natural dependencia que crea el suministro energético o petrolero a una nación (y que trata de superar Estados Unidos), el gobierno venezolano debe evitar cuidadosamente cualquier situación en la que incurra en trasgresión de las soberanías de los estados miembros del acuerdo de PetroCaribe, aunque haya sido invitado a hacerlo, porque es preciso proteger este valioso programa de solidaridad latinoamericana, que no puede desmeritarse por situaciones no aclaradas de los apremios financieros de uno de sus gobiernos, en este caso, la presente negociación con el Gobierno dominicano.

El autor es investigador del Instituto de Energía de la UASD

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