VIVENCIAS
Derecho a la vida, no a la muerte
El caso de Noelia Castillo Ramos coloca en primer plano una tensión real: el llamado derecho a morir frente al deber de proteger la vida. Desde 2024 solicitó la eutanasia; su padre se opuso y pidió tratamiento psicológico. Finalmente, el 26 de marzo, a los 25 años, su petición fue acogida tras una batalla judicial.
Sin embargo, su historia no describe una decisión aislada, sino un proceso marcado por el dolor: una agresión sexual, intentos reiterados de suicidio, una lesión medular irreversible y una profunda sensación de abandono. Más que libertad plena, lo que emerge es una vida herida que no encontró respuestas suficientes.
Aquí surge la cuestión de fondo. La llamada “muerte digna” no puede interpretarse como solución al sufrimiento cuando este es, en gran medida, tratable o acompañable. Una sociedad que legitima la muerte como salida corre el riesgo de fallar en su deber más básico: cuidar.
El derecho a la vida no es una concesión de la sociedad ni del Estado; es anterior y superior a ambos, y constituye el presupuesto de todos los demás derechos. La vida no es una realidad disponible a la voluntad, sino un bien que remite a un fundamento que la trasciende.
La dignidad no está en morir, sino en no ser abandonado. Allí donde alguien pide desaparecer, la respuesta no debe ser facilitar su final, sino reconstruir sentido, aliviar el dolor y sostener la esperanza. Porque incluso en la oscuridad más profunda, la vida sigue siendo un bien que merece ser defendido.

