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SIN PAÑOS TIBIOS

Sentencia TC y DNI

La “profecía auto cumplida” ha sido considerada como un recurso de justificación frente a un hecho verificable en el futuro. Prima hermana de “te lo dije”, se justifica a sí misma facilitando la aceptación de la situación. “Maktub”, dirían los árabes, “estaba escrito”.

Ya en el Gran Caribe, territorio inasible también llamado Macondo, la “Crónica de una muerte anunciada” es también la de una sentencia esperada por todo el mundo, menos por el gobierno, que, como Santiago Nasar, no sabía que le iban a fallar en contra.

Desde el momento que Abinader promulgó el 15 de enero la ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), el camino que conducía hacia la sentencia TC/0767/24 del 29 de noviembre –que la anula “por ser no conforme con la Constitución”– estaba meridianamente claro, lleno de señales. En efecto, leer la sentencia es como escuchar a Casandra, pero, como en el mito griego, la profecía es creíble sólo cuando ocurre.

En los hechos, desde el mismo 16 de enero el gobierno asumió la huida hacia adelante como estrategia. Que al parecer no se aprendió nada del intento fallido de hacer pasar entre fiestas al “Fideicomiso CTPC” en enero de 2022 y se ha continuado apostando a que, en diciembre, todo “palo acechao” adquiere categoría histórica de “palo dao”, de esos que después “ni Dios lo quita”… pero no.

El rechazo no sólo fue unánime, también fue firme, irreductible, decidido y frontal; y mientras el gobierno matizaba y recurría a la falacia ad hominem –en el caso de partidos de oposición–, o apostaba al desgaste del tiempo; la Sociedad Dominicana de Diarios (con apoyo de la SIP) salió al frente, y, tras ella, toda la sociedad.

El gobierno recapacitó tarde, pero bien. Abinader demostró talante democrático, apertura al diálogo y vocación de autocrítica –acaso una de sus mayores virtudes–, y creó una comisión de alto nivel que supo hablar, escuchar y consensuar.

En el ínterin, sin embargo, los demonios estaban sueltos, y entre el 22 de enero y el 18 de marzo accionaron en inconstitucionalidad directa “nueve ciudadanos dominicanos, siete asociaciones sin fines de lucro, cuatro partidos políticos y una corporación de derecho público”, resultando el recurso FP/PLD/PRD –el último de ellos– ganancioso.

Mientras el ejecutivo y el congreso agotaban trámites con la prisa de quien no tiene prisa, el Tribunal Constitucional reconfirmó que en el país si existe separación de poderes, y la misma sentencia que valida la independencia e imparcialidad que algunos quisieron cuestionar a su presidente, ha sido la que representa una derrota jurídica y moral para el gobierno.

Toca empezar desde cero, de nuevo, y habrá que ver si se asume la sentencia como una vergüenza, o como lo que es: una oportunidad para hacer una ley absolutamente necesaria, de manera correcta, en forma y fondo.

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