Jurisprudencia Constitucional

Derecho al sufragio

La ley 20-23, orgánica del régimen electoral, dividió los comicios generales en 7 niveles.

Cuatro son de orden municipal, dos congresual y uno presidencial. El domingo 18 de febrero se escogerán los candidatos de 4 niveles: alcaldia, regiduría, dirección de juntas distritales y vocalías. Las municipales son separadas e independientes de los demás niveles, luego de la reforma constitucional del 2010. No hay arrastre en los cargos de regidores y vocales, ya que fue eliminado por el Tribunal Constitucional. En esas candidaturas plurinominales se aplica el sistema de voto preferencial, que permite a los ciudadanos seleccionar al candidato de su preferencia. Ese método, establecido en la ley 157-13, fue validado por el TC. De esa forma, el próximo domingo podrás marcar en la foto de un candidato a regidor, si vives en un municipio, y en la de un vocal, si es en un distrito municipal.

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