Protocolo
Normas protocolares y de etiqueta en visitas de Estado
Contenido especial
En el escenario internacional, en la dinámica de la denominada diplomacia directa, “las visitas al exterior” de carácter oficial que realizan los jefes de Estado (y de gobierno), en los marcos y con los motivos más diversos, se han convertido en un factor esencial de las relaciones internacionales contemporáneas.
En ese contexto, debe recordarse que en el régimen presidencial las calidades de jefes de Estado y de gobierno son ejercidas por la misma persona, a quien por tal razón le corresponde asumir las responsabilidades de ambas funciones y consecuentemente cuenta con mayor poder (R. Borja). Cabe puntualizar que el ejercicio de la diplomacia, a través de los mandatarios, es lo que el derecho diplomático contemporáneo denomina diplomacia directa, diplomacia “personal” del jefe de Estado o también “en la cumbre”.
Tales encuentros de mandatarios suelen responder hoy en día a la necesidad de que los “responsables nacionales supremos puedan entenderse de manera directa”, acerca de aspectos fundamentales de sus relaciones recíprocas. De esa forma se facilita que los mandatarios participen personalmente en negociaciones de determinado carácter y significación, entre otros esenciales asuntos.
Si bien es cierto que los encuentros entre mandatarios resultan decisivos para superar diferencias, buscar entendidos políticos, concretar proyectos de cooperación y promover y desarrollar mayores intercambios económicos y comerciales, su eficacia depende generalmente de factores coadyuvantes y del cuidado de la propia preparación previa. En ese plano, es preciso apuntar que tanto en las tareas preparatorias como dando el soporte necesario durante la visita, y sobre todo en el seguimiento de los resultados alcanzados, el papel de las misiones diplomáticas, profesionalmente manejadas, y de la propia Cancillería sigue siendo insustituible.
En los regímenes presidenciales, las acciones que corresponden a los mandatarios no se circunscriben a la diplomacia directa. Su competencia se extiende, entre otras importantes ejecutorias, a la formulación y dirección de la política exterior, “a dirigir las negociaciones diplomáticas”, a recibir a los mandatarios extranjeros y a representantes de los estados (como son los jefes de misiones diplomáticas acreditados en el país), al nombramiento y envío al exterior de los embajadores y también de los representantes permanentes (acreditados ante los organismos internacionales), así como de los demás miembros del servicio exterior (en el caso de los embajadores, su designación requiere la aprobación del Senado). Asimismo, a la concertación y puesta en vigor de los tratados, una vez que hayan recibido la aprobación parlamentaria correspondiente.
Los mandatarios, igualmente, tienen la facultad de autorizar (o no) a sus connacionales para que puedan ejercer cargos o funciones públicas de un gobierno extranjero (u organismo internacional) en el territorio nacional y para que puedan aceptar y usar condecoraciones y títulos otorgados por gobiernos extranjeros.
En lo concerniente a las denominadas “visitas de Estado”, por evidentes razones son consideradas como las de mayor jerarquía y significación. Sin embargo hoy tiende a aceptarse, de parte de ciertos países, la puesta en práctica de otra modalidad de visitas de mandatarios, cuyo programa y ceremonial no revisten la rigurosidad y complejidad de las “visitas de Estado”, y se denominan “visitas oficiales”. Estas últimas están determinadas por la naturaleza de la invitación del Estado anfitrión y, desde luego, ameritan la aprobación del Estado del mandatario visitante.
Suelen denominarse también “visitas oficiales”, entre otras, a la representación que realiza el jefe de Estado en la toma de posesión de otro mandatario, así como su asistencia a otros importantes eventos y grandes conmemoraciones del Estado visitado, a los que también asisten, con igual propósito, un significativo número de mandatarios y altos dignatarios. De igual manera, forman parte de esta categoría las ocasiones en que los Jefes de Estado presiden una particular negociación en el exterior.
En lo relativo a las cumbres de mandatarios, conforme a la naturaleza de su convocatoria, actualmente se ocupan de los más diversos asuntos de interés internacional. En su dinámica, en adición a la efectiva participación en sus fundamentales trabajos, los mandatarios pueden tener “fructíferos” encuentros bilaterales, que requieren ser oportunamente pautados, incluso adecuadamente planificados.
Recuérdese que el calificativo de diplomacia directa que se concede a la modalidad de diplomacia precedentemente tratada, se fundamenta en el hecho de ser acciones de carácter diplomático que no se llevan a cabo por intermedio de una misión diplomática, que es la ejecutora habitual de tales acciones. Asimismo, debe señalarse que en la actualidad “el término” diplomacia directa, además de referirse a los encuentros de mandatarios, suele usarse también para denominar los contactos, sin intermediarios, de Ministros de Relaciones Exteriores, o de otras “carteras”, y sus homólogos.
Programa de las visitas de Estado
El programa protocolar y de asuntos de interés recíproco lo establece el país anfitrión a través de la Dirección de Protocolo de la Cancillería, con la asistencia de una comisión creada para el efecto, en coordinación con el Jefe de Misión Diplomática del país invitado.
Dentro de la agenda de visita, el Presidente es recibido con los correspondientes honores militares (de conformidad con la legislación de cada Estado), a continuación pueden programarse discursos de ambos mandatarios y una rueda de prensa del visitante.
El Presidente anfitrión, concede una o varias audiencias oficiales al ilustre visitante, las cuales pueden calificarse de “reuniones de trabajo”.
Más adelante, se realizan visitas a los órganos de los demás poderes del Estado. También se efectúan homenajes a los héroes y otras personalidades del país anfitrión (ofrendas florales).
Podrían incluirse en la agenda reconocimientos de prestigiosas instituciones académicas, científicas o culturales. Las autoridades municipales, de igual manera, ofrecen un reconocimiento al Mandatario invitado.
Este, por su parte, se reúne con los representantes de su país en esa nación, así como con sus connacionales residentes allí.
Durante un acto oficial, recepción o cena, que ofrece el Mandatario anfitrión en honor del visitante, se le impone a este último la condecoración más alta de la nación (si no la hubiera recibido antes). En reciprocidad, el galardonado ofrece un acto similar.
Por último, se hace pública una Declaración conjunta, firmada por ambos gobernantes, contentiva de los acuerdos y temas relevantes tratados durante la visita.
Finalmente, es esencial que el programa observe fielmente el principio de igualdad jurídica y soberana de los Estados y otros procedimientos y normas que aseguran el mantenimiento y fortalecimiento de las buenas relaciones que deben existir entre los Estados del mundo.
Experta en ceremonial, protocolo y etiqueta
Consultora Internacional para normas protocolares y reglas de etiqueta social
Autora de la obra Maria Montez. Su Vida (4 ediciones)