Amplios poderes harían del director del DNI un “Zar de la seguridad nacional"

La Dirección Nacional de Inteligencia funcionará bajo la dependencia del Presidente y estará conformado por todos organismos de inteligencia y contrainteligencia

El proyecto de Ley será conocido primero en el Senado de la República.

El proyecto de Ley será conocido primero en el Senado de la República.

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Rosmery Méndez VargasSanto Domingo, RD

La nueva Dirección Nacio­nal de Inteligencia que re­unirá todos los servicios de investigación del país, con­vertirá a su director en una especie de “zar” de la inteli­gencia nacional.

Con la aprobación del pro­yecto de ley enviado por pre­sidente Luis Abinader al Se­nado, toda entidad pública que, en el curso de una inves­tigación, proceso o en oca­sión de ejercicio de sus fun­ciones, tenga conocimiento de alguna información que a su juicio sea relevante pa­ra la seguridad nacional, de­berá informarla a esa depen­dencia.

Si la institución se niega a entregar las informaciones solicitadas, para los propó­sitos de seguridad nacional, o si divulgan informaciones sometidas a secreto oficial de la misma, serán sancio­nadas con las penas esta­blecidas en el artículo 88 del proyecto de ley.

Modificaría también el artículo 90 de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento el Te­rrorismo para incluir al nue­vo director de la institución como parte del Comité Na­cional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

La Dirección Nacional de Inteligencia funcionará ba­jo la dependencia del presi­dente de la República y esta­rá conformado por todos los organismos y órganos, inde­pendientes entre sí y funcio­nalmente coordinados, que dirigen y ejecutan activida­des específicas de inteligen­cia y contrainteligencia para la seguridad nacional, según indica el artículo 1 y 2 de la iniciativa legislativa.

Dentro de las atribucio­nes que tendrá la nueva di­rección están controlar el in­greso y salida de personas extranjeras del territorio na­cional, investigar cualquier acto cometido por personas, grupos o asociaciones que atenten contra la Constitu­ción y las instituciones del Es­tado, así como cualquier acto que perturbe el Estado de de­recho, ponga en riesgo la se­guridad nacional e interior, o trate de establecer una forma de gobierno contraria al or­denamiento constitución.

Además debe evaluar amenazas, internas y exter­nas, al orden constitucional; contrarrestar en el ámbito nacional o intencional acti­vidades de personas, organi­zaciones gobiernos extranje­ros que puedan representar un riesgo, una amenaza, una agresión o subversión para la seguridad nacional, la paz social, la soberanía o la inte­gridad territorial; contribuir a la desarticulación de orga­nizaciones criminales cuya actividad delictiva represen­te una amenaza para la segu­ridad nacional y la seguridad interior del país entre otras.

¿Pero quién será ese nue­vo zar que dirigirá el órgano de inteligencia? Por primera vez desde la creación de esa órgano, estuvo encabezado por un militar, pero con la lle­gada del presidente Luis Abi­nader se designó al aboga­do Luis Soto, quien es civil, a los fines de tener una insti­tución donde sea respetada la privacidad de los ciudada­nos y ley, pero el mandatario no se ha pronunciado si éste permanecerá a la cabeza de la institución. Según el docu­mento, estaría a cargo de un director nacional, el cual se­ría nombrado y destituido li­bremente por el Poder Ejecu­tivo, además de un Inspector General Nacional y un Con­tralor Financiero, que serán designados por el director.

Confidencialidad Todas las actividades e infor­maciones de la entidad están clasificadas como reservadas o confidenciales así como su organización y estructura interna, medios y procedi­mientos, personal, instala­ciones, bases y centros de da­tos, fuentes de información y las informaciones o datos que puedan conducir al co­nocimiento de los asuntos que trate.

El personal que preste ser­vicio en la dirección será so­metido cada seis meses a un régimen de pruebas de com­petencia profesional y de in­tegridad personal. entre las que se podría incluir las de poligrafía, psicometría, anti­dopaje y cualquier otra que se requiera como condición previa para el ingreso o la permanencia en la institu­ción. Todo el personal directi­vo y con funciones operativas deberán realizar declaración jurada de patrimonio.

Adicional a esto el perso­nal tiene prohibido participar en actividades políticas, ma­nifestaciones y cualquier otra actividad de reivindicación de m colectiva o individual.

En lo relacionado a los militares y policías que sean asignados a institución esta­rán bajo las órdenes del di­rector nacional, no pudiendo ser trasladados, removidos o sancionados disciplinaria­mente por sus instituciones de pertenencia sin anuencia de este.

SEPA MÁS Presupuesto La Dirección Nacional de Inteligencia elabora­rá anualmente un ante­proyecto de presupuesto y lo elevará al Poder Eje­cutivo que lo integrará en el Presupuesto Gene­ral del Estado, estable­ciendo las normas nece­sarias que garanticen su autonomía e indepen­dencia funcional.

Sin embargo, para el desarrollo de sus acti­vidades informativas, contará con una asigna­ción de gastos reserva­dos, en cuyo uso se pre­servará la confidencia­lidad de identidades, acontecimientos, lugar fechas relacionados con las mismas.

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