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Análisis

El BID no aprueba el uso de fondos de pensiones

En su último informe Acceso al ahorro obligatorio para el retiro en tiempos de COVID-19: consideraciones de política pública, dado a conocer este fin de semana, los expertos en pensiones del Banco Interamericano de Desarrollo abogan por buscar soluciones que no impliquen el uso de los fondos de pensiones para sufragar los costos de la crisis.

El Banco no suele dar pautas sino recomendaciones tras plantear las distintas alternativas, y en este caso son tres sus planteamientos:

• El dilema entre construir una pensión adecuada y utilizar los fondos de pensión ante choques de ingresos, en condiciones de normalidad, debe ser una decisión de cada país. En cualquier caso, los países que de alguna forma permiten algo de liquidez lo hacen sobre sistemas voluntarios y complementarios, no sobre lo que son pensiones básicas.

• En contextos como el actual, aún para esos sistemas voluntarios, el recurso a anticipar fondos debería ser un último recurso, pues implica, en el marco de la recesión económica, cuantiosas pérdidas para los afiliados, al tener que vender activos en mercados a la baja y muy volátiles. También afectaría a la capacidad de financiación de los Estados, a los que los fondos de pensiones suelen financiar.

• Y en aquellos casos en los que sea inevitable acceder a los fondos, ésto debe realizarse siguiendo unos principios de diseño e implementación muy riguro sos, para mitigar impactos en las pensiones futuras.

El Banco sugiere que se desarrollen modelos que puedan paliar la insuficiencia del ahorro para situaciones de emergencia, notorio en América Latina y Caribe, y presenta modelos como el Sidecar británico, que promueve el ahorro líquido junto al ahorro pensional.

Dice el BID que “Al tener impacto en toda la sociedad, el actor mejor posicionado para distribuir los efectos del choque económico-sanitario es el Estado, mediante sus políticas fiscal y monetaria“. Y añade “Dada la incertidumbre actual parece razonable que se desplieguen instrumentos de protección al empleo y fuentes de ingreso con prioridad y que instrumentos diseñados para otros objetivos, como el ahorro obligatorio para el retiro, se utilicen en última instancia, en ausencia de más opciones, y en un escenario más complejo del inicialmente previsto por los responsables de la política pública en cada país”.

Según el Banco, por tanto, el acceso a los fondos de pensiones debería ser una herramienta de última instancia, limitada a un máximo del 10%, y a través de sistemas de préstamo con repago, no de anticipación de los fondos sin más.

Pero es claro que, como se ve en todo el desarrollo de la nota, el Banco, que conoce perfectamente la región y sus sistemas de ahorro, no comparte para nada la idea de que sean los ahorros de futuro de los trabajadores los que sufraguen los costos de la crisis, sino que deben ser los Estados, que son los que tienen capacidad para ello, los que, con políticas económicas, deben enfrentar los efectos, tanto sanitarios como económicos, de la pandemia.

También hemos conocido en esta semana una nota en la que IOPS advierte contra las acciones que pueden empeorar la jubilación. La Organización Internacional de Supervisores de Pensiones (IOPS), un organismo internacional independiente que establece normas que promueve las buenas prácticas en la supervisión de pensiones, ha estado monitoreando los esfuerzos que sus miembros, las autoridades de supervisión de pensiones de 79 jurisdicciones, han emprendido para abordar las consecuencias de la Covid- 19.IOPS apoya y promueve la necesidad de comunicación y orientación clara que supervisores y entidades administradoras de fondos de pensiones deben proporcionar a los afiliados. También reconoce la relevancia de tomar medidas que alivien temporalmente la carga financiera que suponen las cotizaciones, y señala que se debe tener en cuenta el interés a más largo plazo de los beneficiarios de pensiones y advierte contra las acciones que pueden conducir a un empeoramiento material de los resultados de jubilación de los beneficiarios. IOPS especifica que, si aún así, en alguna jurisdicción se permite un acceso anticipado a los fondos de pensiones, debe ser de una forma limitada y temporal.

Es de destacar la relevancia que le da IOPS a una información certera y veraz a los afiliados, en afán de evitar que propuestas populistas y poco o nada sustentadas técnicamente acaben con los esfuerzos de años de ahorro de los afiliados.

El autor es Presidente de Novaster. Doctor en Economía y Actuario, Profesor de la Universidad de Barcelona y Profesor y Director Académico del London School of Economics- Global Pensions Programme

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