Ministerio de Justicia
En ocasión de la oportunidad histórica del proyecto de ley para el fortalecimiento del Sistema de Justicia y que crea el Ministerio de Justicia, que cursa en el Congreso Nacional, les comparto las precisiones siguientes.
Realizando un análisis holístico de las disposiciones consagradas en el referido proyecto de ley, consideramos que no subvierten el orden constitucional, ya que están sustentadas en los principios rectores y las garantías de los derechos constitucionalmente establecidos. Consustancialmente, está enmarcada en la visión país estipulada en la Ley de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la República Dominicana 2030 (Ley 1-12), entre otras normativas jurídicas.
El precitado proyecto dispone la creación del Ministerio de Justicia como órgano del Poder Ejecutivo facultado para articular y programar estratégicamente las políticas en los temas de su competencia vinculados a la colaboración funcional y administrativa al Sistema de Justicia, la representación judicial y extrajudicial del Estado y la Administración Pública. En ese mismo marco, establece la creación del Sistema Nacional de Derechos Humanos y el Sistema de Políticas Penitenciarias y Correccionales.
En lo relativo a las modificaciones de otras leyes establecidas en el proyecto, es importante destacar las relativas a la Ley núm. 133-11 Orgánica del Ministerio Público (LOMP). En ese sentido, establece la modificación y sustitución de los numerales 20, 26 y 27 del artículo 30 y los numerales 2 y 3 del artículo 34 de la LOMP; artículos que disponen exclusivamente lo relativo a la política penitenciaria del Estado, el ejercicio de la función de policía de las profesiones jurídicas, la tramitación de examen y la administración y el registro de organizaciones sin fines de lucro. Por lo tanto, las funciones constitucionales y legales del Ministerio Público quedarán fuera de la competencia del Ministerio de Justicia, a excepción de las previamente señaladas.
Respecto a los organismos autónomos y descentralizados adscritos al Ministerio de Justicia, destaca el fortalecimiento del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, institución encargada de los servicios científico-técnicos de la medicina legal y forense como auxiliares de la Administración de Justicia.
Desde una perspectiva internacional, entre las fortalezas del proyecto, están los tratados sobre derechos humanos suscritos por el Estado dominicano. En adición a la corriente regional que evidencia el dato estadístico relativo a los veintidós países iberoamericanos, de los cuales diecinueve tienen un Ministerio de Justicia creado en aras de la realidad socio evolutiva del Sistema de Justicia.
En resumen, la aprobación del proyecto de fortalecimiento del Sistema de Justicia y creación del Ministerio de Justicia, como política estatal integral sustentada con recursos públicos adecuados, procura la innovación y mejora del servicio público e interoperabilidad entre los actores de la justicia. En ese contexto, contribuirá a la efectividad de la protección de los derechos humanos. Toda vez que fortalecerá las políticas institucionales que impactarán favorablemente el acceso efectivo a la justicia, como bien público del que deben gozar todos los seres humanos, sin ningún tipo de discriminación. A su vez, permitirá que el gobierno central contribuya a mejorar y humanizar el sistema carcelario en la medida en que, teniéndolo bajo su control, podrá interferir en él sin el prurito de que está incurriendo en intromisión en los asuntos propios del ministerio público. De igual forma, viabilizará los procesos administrativos del Estado y el Sistema de Justicia, entre otros avances significativos.