SIN PAÑOS TIBIOS
¿IVA o ITEBIS?
En la República de la Impunidad Dominicana, donde 236 personas mueren aplastadas bajo el techo de una discoteca y no pasa nada; donde a Carlos Deybi Abreu Quezada lo mata una turba motorizada en el parqueo del Palacio de Justicia (¿?) de Santiago y el gobierno no dice “ni esta boca es mía”; donde cada hora se cometen miles de violaciones a las leyes de tránsito y la DIGESETT no hace nada; donde el gobierno tiene cuatro años arreglando el km. 9 y ni termina, ni entrega, ni pide excusas, ni se inmuta, y no pasa nada; no debería sorprender que “Chiricuí” –supuestamente– se robara los cables de la pista del Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA), que sus baños sean una vergüenza, que las correas de distribución de equipaje duren una eternidad, y que al día de hoy aún no sepamos si Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom) pagó o no la multa de Cinco Millones de Dólares impuesta por la Comisión Aeroportuaria, como sanción por el inexcusable apagón del 21 de septiembre pasado.
Sabemos que los funcionarios del Estado dominicano tienden a ser laxos y permisivos, siempre que se trate de un inversionista extranjero, no sólo por aquello del “Complejo de Guacanagarix”, también porque la fascinación por lo extranjero pesa, porque nadie es profeta en su tierra, y lo que menos vale en esta geografía es el propio ciudadano.
Así las cosas, tampoco debería sorprender que el cónsul de España haga y deshaga en esta república subsahariana, ni que AERODOM no rinda cuentas sobre si pagó la multa o si dispuso de mecanismos que garantizaran la reposición de “los costos asociados por los daños causados a los pasajeros y las líneas aéreas”.
No obstante los niveles de insensibilidad y desatención de las autoridades frente a la calidad de los servicios que reciben los usuarios del AILA por un servicio que pagan, habría que ver si fue con su consentimiento o en franca burla a sus competencias y al ordenamiento legal vigente, que Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI decidió unilateralmente cobrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por derecho a uso de parqueo, y no el ITEBIS, y por qué los recibos indican una tasa de 19% y no de 18%.
Pese a que el recibo expedido el pasado domingo tiene un importe neto de RD2,838.98, el cargo de IVA de 19% que indica asciende a RD511.02, suma que porcentualmente equivalente a 18% (511.01).
Valdría la pena preguntar: ¿En qué momento se comenzó a cobrar IVA en este país? ¿El contrato de concesión suscrito con el Estado le habilita un régimen impositivo especial? ¿Por qué se indica un cobro de 19% y en la práctica es un 18%? ¿Esa inconsistencia técnica es garantía de integridad contable? ¿Por qué se redondea al alza? ¿De qué país trajeron un software que ni se tomaron la molestia de actualizar a nuestra legislación?
De AERODOM no esperamos respuestas, de la DGII esperamos su rápida intervención.

