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Un desacierto del TC

La sentencia TC-0788-24 del Tribunal Constitucional (TC), habilitando las candidaturas independientes sin los requisitos establecidos por los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, ha generado preocupación entre diversos sectores nacionales porque lo ya establecido no vulneraba ningún derecho fundamental.

La decisión, que promueve la presentación espontánea de candidaturas presidenciales, congresuales y municipales, socava pilares fundamentales de nuestro sistema democrático como el artículo 216 de la Constitución que indica que los partidos políticos son las vías para la búsqueda de posiciones electivas. Un principio que salvaguarda y garantiza procesos ordenados basados en propuestas y programas.

La apertura indiscriminada a candidaturas independientes y sin requisitos claros, podría llevar al caos electoral, fragmentando el voto y dificultando la gobernabilidad. Además, fomenta una peligrosa narrativa antisistema contra los partidos políticos que son el eje de la democracia representativa promoviendo su desarticulación en favor de intereses individuales o coyunturales.

Pero ante el carácter irrevocable de la resolución, corresponde al Congreso actuar con inteligencia para establecer un marco normativo que regule estas opciones y evite desbordes que comprometan la estabilidad institucional.

Reglas claras y rigurosas que protejan la integridad del sistema comicial y garanticen que la apertura a estas propuestas no se convierta en un boomerang contra la democracia dominicana. La sentencia del TC, que no es a favor de las candidaturas independientes sino en contra de los partidos políticos, representa un retroceso peligroso.

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