Jurisprudencia Constitucional
Funciones del CNM
Con la reforma a la Carta Magna, el Consejo Nacional de la Magistratura tiene una nueva composición y más facultades.
Aunque se excluyó al procurador del CNM, se le otorgó competencia para designar a ese o esa funcionaria, y se incorpoó en su matrícula al presidente del Tribunal Constitucional. Al fijarse un período de inamovilidad de dos años para el procurador, con la opción de ser ratificado por otro dos años, el CNM deberá sesionar con más frecuencia.
El Constitucional se ha pronunciado en varias sentencias sobre el CNM y sobre la ley 138-11, que lo regula. En el más reciente fallo, estableció que “es un órgano constitucional de primordial importancia para la prevalencia de nuestro sistema jurídico”, al considerar que su función más importante es la selección de los magistrados de los órganos constitucionales que conforman el Poder Jurisdiccional: el Tribunal Constitucional, la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Superior Electoral. Y que, además, tiene la responsabilidad de evaluar el desempeño de los miembros de la SCJ. (sentencia TC-0549-24)