jurisprudencia constitucional
Informaciones públicas
En base a la ley 200-04, de libre acceso a la información pública, la Fundación Justicia y Transparencia solicitó al Patronato de Administración y Cuidado del Estadio Quisqueya Juan Marichal entregar informaciones referentes a la nómina y manejo financiero.
El reclamo fue hecho mediante una acción de amparo, que fue acogida por el Tribunal Superior Administrativo, que le ordenó al Patronato suministrar los datos requeridos. Al no estar conforme con el fallo, recurrió la decisión ante el Tribunal Constitucional, que declaró inadmisible, por extemporáneo, el recurso de revisión de amparo, por no ser interpuesto dentro del plazo de los de 5 días que establece el artículo 95 de la ley 137-11. Al no tener éxito el recurso, quedó confirmada la decisión del TSA, por lo que el Patronato está obligado a entregar las informaciones públicas reclamadas por la Fundación. (Sentencia TC/0230/23).