COLABORACIÓN
El fardo de la prueba en materia laboral
La regla por excelencia en todas las materias de derecho es que “todo el que alega un hecho debe probarlo”.
El Artículo1315 del Código Civil, es uno de los artículos más mencionados durante toda la carrera del derecho y el cual utilizamos día a día los abogados litigantes.
Este artículo establece expresamente lo siguiente: “El que reclama la ejecución de una obligación, debe probarla. Recíprocamente, el que pretende estar libre, debe justificar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación”.
Has alcanzado tu límite de artículos gratuitos
Por favor, regístrate ahora para seguir leyendo
¿Ya estás registrado? Inicia sesión aquí