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El presidente firma norma técnica para el aborto terapéutico en Costa Rica

El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, firmó este viernes una norma técnica para la interrupción terapéutica del embarazo en casos en que la vida o la salud de la mujer estén en peligro.

"En cumplimiento con el compromiso que asumí con la vida y la salud de las mujeres, junto al ministro de Salud, Daniel Salas, he firmado la norma técnica", escribió el mandatario en sus redes sociales, y destacó que el documento fue realizado según lo estipulado en el artículo 121 del Código Penal, vigente desde 1970.

El Ministerio de Salud elaboró el texto que fue enviado a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), y esta institución avaló de forma unánime la propuesta y envió algunas recomendaciones que fueron acogidas.

"Con esto buscamos saldar una deuda histórica con las mujeres de este país. A partir de hoy, la CCCSS cuenta con seis meses para cumplir lo dispuesto. Esta decisión es para salvar la vida de las mujeres y resguardar su salud", expresó Alvarado.

La norma técnica es una guía para que el personal médico valore los casos relacionados con el artículo 121 del Código Penal, que hace referencia a la interrupción del embarazo cuando la vida o la salud de la mujer está en peligro.

El artículo 121 estipula que: "No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y este no ha podido ser evitado por otros medios".

El aborto terapéutico es el único tipo de aborto legal en Costa Rica. Sin embargo, organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres afirman que es muy rara su aplicación debido a la falta de claridad acerca de los casos en que los médicos deben o pueden practicarlo.

El ministro Salas enfatizó en que la norma técnica no permite, "bajo ninguna circunstancia, el aborto libre" e indicó que "esta guía garantiza el apego al criterio médico y la interrupción terapéutica del embarazo solo se aplicará cuando no haya otra alternativa y se cuente con el consentimiento de la mujer”.

Las autoridades resaltaron que la norma es una guía para que los profesionales en medicina que tratan estos casos tengan mayor certeza y seguridad técnica para abordar la atención de las mujeres cuando peligre su vida o su salud.

Entre algunos detalles específicos de cómo se debe valorar la aplicación de la norma en centros hospitalarios públicos y privados se incluye: el procedimiento para valorar si corresponde o no una interrupción al embarazo, el lugar en que se pueden realizar y el tiempo para emitir criterio.

Además del proceso a seguir si el criterio es negativo, la información que debe recibir la paciente, el consentimiento de la mujer y la atención integral de cualquier mujer que se someta a un proceso de este tipo, así como la objeción de conciencia y la fiscalización para vigilar que se apliquen todos estos protocolos.

Grupos religiosos y políticos han rechazado la norma técnica y aseguran que con su aplicación se "abrirá la puerta" a otros tipos de aborto, lo que consideran inconstitucional.