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El largo camino de lograr la reforma constitucional

 La semana pasada se integró una comisión bicameral de nueve senadores y 18 diputados que decidirán si aprueban o no un informe sobre el pedido el presidente Luis Abinader.

La comisión bicameral que estudia el proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma constitucional escuchó ayer al consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, quien dio explicaciones sobre la iniciativa del presidente Luis Abinader.

La comisión bicameral que estudia el proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma constitucional escuchó ayer al consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, quien dio explicaciones sobre la iniciativa del presidente Luis Abinader.JORGE_MARTINEZ

A pesar de la aparente urgencia que tiene el presidente Luis Abinader de reformar la Constitución, los procesos que manda tanto la Carta Magna como diferentes normativas, llevaría tiempo para que finalmente se dé el anhelado objetivo del mandatario.

Sumado a todo el proceso legal y burocrático, y más allá de contar con mayoría de legisladores en ambas cámaras del Congreso Nacional, los debates también serán un punto que podría demorar la ansiada reforma de Abinader, quien continuaría la línea de todos los presidentes que han gobernado el país en el actual siglo y modificaría la Carta Magna.

Aunque se tratase de un solo artículo, o hasta de palabras, modificar la Constitución no es un trámite de unos pocos días.

El inicio de todo radica en una petición del presidente de la República. El artículo 270 de la Constitución indica que la necesidad de reformar la Carta Magna se declara por una ley de convocatoria que debe en un principio mandar el gobernante al Congreso Nacional como un proyecto de ley que deberá ser estudiado o una iniciativa de un mínimo de legisladores.

La iniciativa, que en sí no es la reforma constitucional, sino un proyecto de ley que declara la necesidad de cambiar la Constitución, ya fue remitida al Congreso Nacional, siendo acogida por el Senado de la República, órgano legislativo que la derivó a estudio de una comisión bicameral. Ahora toca a la Cámara de Diputados decidir el destino del proyecto.

La semana pasada se integró una comisión bicameral de nueve senadores y 18 diputados que decidirán si aprueban o no un informe sobre el pedido el presidente. En el caso de ser positivo, debe transitar el proceso como un proyecto de ley regular: ser aprobado en dos lecturas por ambas cámaras legislativas.

Recién ahí, y luego de ser publicada la nueva legislación, la Asamblea Nacional Revisora, que no es más que la misma Asamblea Nacional con potestad de decidir sobre cambios en la Constitución, se reunirá dentro de los 15 días siguientes y deberá contar con más de la mitad de los miembros de cada cámara legislativa, según marca el artículo 271 de la Carta Magna.

Dentro de ese espacio, se presentarán las modificaciones, en este caso remitidas por el Poder Ejecutivo, las cuales serán analizadas y discutidas y solo serán aprobadas si cuentan con el voto positivo de las dos terceras partes de los presentes y deberán ser sancionadas en dos discusiones distintas, con un intervalo de no menos de cinco días calendario, según el artículo 60 del reglamento para la Asamblea Nacional.

Nueva Constitución

En caso de haberse producido cambios en la Constitución y habiendo concluido todos los puntos tratados, el presidente de la Asamblea Nacional pautará un día y hora para la proclamación del nuevo texto adoptado.

El día en cuestión, según manda el artículo 74 del reglamento de la Asamblea Nacional, se realizará la “proclama constitucional” llevada a cabo en el salón de este órgano, donde se leerá el texto completo de la Constitución reformada y se dispararán salvas de 21 cañonazos al inicial y concluir la lectura del texto.

Otras reformas

El presidente Abinader anunció de igual manera que depositará otras reformas de importancia ante el Congreso Nacional; sin embargo, estas no son conocidas por la Asamblea Nacional.

El artículo 3 del reglamento de la Asamblea Nacional indica que la constitución de este órgano solo se realizará en tres casos especiales: Para examinar las actas de elección del presidente y vicepresidente de la República, así como proclamarlos; para elegir un sustituto definitivo del presidente, en caso de que falte y para resolver acerca de las reformas a la Constitución de la República.

En ese sentido, cuestiones como la reforma fiscal, el Código Penal, o cualquier otra modificación a las normativas que rigen el país, atravesarán el mismo proceso legislativo que conlleva la aprobación de una ley.

La modificación a la Carta Magna que pretende realizar Abinader consiste en “blindar” la Constitución para mantener la prohibición presidencial más allá de dos periodos; reducir la cantidad de diputados; unificar todas las elecciones y permitir que el procurador general sea escogido por el Consejo Nacional de la Magistratura, pero con una recomendación del presidente de turno.

El pedido de Abinader se da en un momento en que las nuevas autoridades legislativas están recién asumiendo sus funciones, por lo que aun las cámaras legislativas no han dado forma a sus comisiones de trabajo.

No obstante, el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, anunció que agilizará la integración de las comisiones para evitar que el trabajo congresual se retrase.

Más allá de los tiempos que establece la Constitución y las normativas, la mayoría absoluta que tiene actualmente el Partido Revolucionario Moderno (PRM) en ambas alas legislativas podría facilitar la pronta aprobación de una nueva reforma Constitucional, convirtiéndose en la número 40 que se le realiza en toda la historia de la República.