La República

Ramfis Trujillo no había renunciado a la nacionalidad estadounidense para 2020, según el TSE

Luis José Ramfis Rafael Domínguez Trujillo nació el 22 de mayo de 1970, en Manhattan, New York, Estados Unidos de América.

Ramfis TrujilloArchivo LD

rEDACCIÓN Santo Domingo, R.D.

La Junta Central Electoral aprobó el pasado 9 de junio el reconocimiento político del Partido Esperanza Democrática (PED), que preside Ramfis Domínguez Trujillo, nieto del dictador Rafael Trujillo Molina. Ante esto, muchos se han cuestionado si el político aspirará a la presidencia del país.

Luis José Ramfis Rafael Domínguez Trujillo nació el 22 de mayo de 1970, en Manhattan, New York, Estados Unidos de América, por lo que ostenta la nacionalidad estadounidense en atención a su lugar de nacimiento, al igual que la nacionalidad dominicana en virtud de la nacionalidad de sus progenitores.

Sobre esto, el artículo 20 de la Constitución dice que "las dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la presidencia y vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo".

Según el Tribunal Superior Electoral (TSE), en la sentencia TSE-352-2020, para el 2020, el nieto de Trujillo no había renunciado a la nacionalidad estadounidense con diez años de anticipación a la fecha de la elección en la cual pretende participar ni había podido acreditar el cumplimiento de la exigencia de residencia previa contemplada en el artículo de la Carta Magna.  

Tomando en cuenta lo expuesto, Ramfis no podría ir como candidato a la Presidencia para unos comicios hasta que no cumpla este periodo de tiempo.

“En definitiva, la actuación denunciada como lesiva por el accionante no vulnera sus derechos fundamentales, al limitarse la Junta Central Electoral (JCE) al cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 párrafo único de la Constitución de la República”, explica la sentencia del órgano de carácter autónomo.

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