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Diputados buscan modificar la recién promulgada Ley de Régimen Electoral

La pieza fue cuestionada por la JCE

Cámara de Diputados. Foto de archivo / Listín Diario

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Paul MathiasenSanto Domingo Este, RD

A menos de dos meses de haberse promulgado la Ley 20-33 sobre Régimen Electoral, un grupo de diputados propuso una modificación en lo referente a los gastos en campaña y colocación de publicidad.

La pieza, depositada por el diputado de la Romana, Eugenio Cedeño, y apoyada por más de 30 legisladores, busca modificar la pieza que fue reformada en la pasada legislatura extraordinaria, debido a que ciertos sectores no quedaron conformes con algunas disposiciones.

Entre ellas aparece lo expuesto en el presente proyecto, que tiene como objetivo “limitar el monto de los recursos económicos lícitos que cada candidato, partido político, movimiento, o agrupación puede usar en campañas electorales”, así como la cantidad de publicidad que puede colocar en cada espacio.

En su artículo 3 sobre “Límite a publicidad exterior” dispone los límites de la cantidad de publicidad de exterior que pueden colocar los aspirantes a cada cargo electivo.

Dentro un párrafo del referido artículo, prohíbe la colocación de publicidad exterior fuera del ámbito de la demarcación a la que corresponde la legislatura y que, en caso de hacerlo, deberá ser removida.

Para mayor control sobre este tipo de publicidad, el artículo 4 dispone que la Junta Central Electoral (JCE) certificará y categorizará a las empresas que prestarán los servicios de impresión y colocación, las cuales deberán remitir una copia de las facturas por los servicios ofrecidos al órgano electoral.

Con respecto a la publicidad, digital, en radio y televisión, la pieza también dispone de límites, para cada aspirante a un cargo electivo y sanciones para aquellos medios que sobrepasen las reglas impuestas.

Gastos

Con respecto a los gastos de campaña, el artículo 9 establece los límites que será “los candidatos a senadores y diputados, alcaldes y concejales, directores distritales y vocales; podrán gastar en sus respectivas campañas electorales un monto equivalente hasta de 50 por ciento del monto actual consolidado, de los salarios y emolumentos que devengarían durante el tiempo de ejercicio del cargo a que aspira”.

En ese sentido, el párrafo de ese artículo establece que las donaciones recibidas solo podrán alcanzar el monto enunciado previamente.

Sanciones

En el caso de incumplimientos de lo que establece esta iniciativa legislativa, se establecen multas económicas de 10 y hasta 50 veces el costo de la publicidad contratada, tanto a los medios que incumplan con lo señalado, como a las entidades políticas.

Además, da la facultad a la JCE de poder inhabilitar al candidato que incumpla con lo establecido o dictar medidas adicionales.

El proyecto de ley que “limita la propaganda y publicidad y el gasto en campañas electorales.

Modificación a la Ley no. 20-23, Orgánica de Régimen Electoral” fue depositada el pasado 16 de marzo y luego remitida a estudio de una comisión en la Cámara de Diputados.