Semipresidencialismo y crisis en Perú
En los últimos meses la inestable situación de gobernabilidad de Perú viene ocupando gran parte de la atención de la opinión pública internacional. Si bien el detonante de la actual crisis fue la intentona autogolpista del destituido presidente Pedro Castillo, no es menos cierto que la causa estructural de la tensión política se encuentra en el inoperante modelo de gobierno diseñado en la Constitución, consistente en el denominado sistema semipresidencial o semiparlamentario, que ha implicado que en los últimos cuatro años la nación suramericana haya tenido cinco mandatarios.
A simple vista, Perú parece ser gobernado por un rígido sistema presidencial. Sin embargo, cuando se examinan la composición y el diseño constitucional de su Poder Ejecutivo, se pueden constatar ciertos rasgos que hacen del gobierno un régimen semipresidencial, en el que se combinan elementos del presidencialismo y del parlamentarismo, como sucede en Francia y en Haití.
En efecto, el texto constitucional peruano configura un Poder Ejecutivo integrado por dos figuras: el presidente de la República, quien es elegido por el voto popular; y el presidente del Consejo de Ministros (Primer ministro), designado por el Congreso previa propuesta del jefe de Estado. En sus artículos 118 y 123 la Ley Fundamental confiere al presidente de la República funciones ejecutivas propias de jefe de Estado, y al presidente del Consejo de Ministros las atribuciones de un jefe de Gobierno.
El carácter semipresidencial del Poder Ejecutivo peruano también se advierte en el hecho de que tanto la elección como la permanencia del presidente del Consejo de Ministros dependen de la mayoría de los votos en el Congreso, pues los legisladores no solo deben ratificarlo, sino que también pueden iniciar un proceso de moción de censura para removerlo del cargo, lo cual conlleva el cambio del gabinete y, por consiguiente, la alteración de la actividad administrativa del Estado.
Además, contrario a lo que ocurre en los rígidos gobiernos presidenciales del resto de América Latina, el semipresidencialismo peruano amplía las causales de destitución del presidente de la República por parte del Poder Legislativo, destacándose al respecto la ambigua figura de la vacancia presidencial por “permanente incapacidad moral”.
El semipresidencialismo obliga a los gobernantes peruanos a dedicar gran parte de su agenda en mantener una armoniosa relación con el estamento político con representación en el Congreso, algo muy complicado debido a que, desde el triunfo de Fujimori en 1990, más que partidos políticos, existen movimientos personales, sin verdaderos órganos directivos, lo cual dificulta la estabilidad de los acuerdos políticos.
En definitiva, las constantes crisis políticas en Perú son en gran medida potencializadas por un sistema de gobierno que, ante las tradicionales pugnas entre la Presidencia y el Congreso, no ofrece a una inmadura democracia suficientes garantías de estabilidad institucional. Por lo tanto, a fin de que en ese país exista un estándar mínimo de estabilidad política y operatividad gubernamental, en una eventual reforma constitucional se debe configurar una forma de gobierno estrictamente presidencial, centralizando en una sola figura las atribuciones de jefe de Estado y de Gobierno, a la vez que se restrinjan los motivos por los que los legisladores puedan destituir al gobernante de turno.