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Mantequilla sólo presentó cédula de identidad como arraigo para no sustraerse del proceso

Foto: Fausto H. Moreno

Foto: Fausto H. Moreno

En la audiencia de medida de coerción en contra de Wilkin García Peguero, conocido como Mantequilla, la única documentación que presentó su defensa como arraigo para no sustraerse del proceso de investigación en su contra, fue su cédula de identidad.

El fiscal de Monte Plata, Eduardo Velázquez explicó, de acuerdo a una nota de prensa de la Procuraduría General de la República, que la cédula presentada la aportó el Ministerio Público “en la identificación del imputado, requisito fundamental para la individualización de un imputado para solicitarle medida de coerción”.

“Este imputado solo presentó como arraigo su documento de identidad, cuando la misma norma le establece a usted, que tiene que aportar arraigo familiar, laboral y social”, expresó.

La jueza titular de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Monte Plata, Carmen Daniela Araujo, dictó, este viernes, seis meses de prisión preventiva como medida de coerción contra Mantequilla.

El mismo está acusado de estafa y amenaza de muerte.

“La juzgadora hizo mucho énfasis en las promesas que él había hecho sin cumplir y en la actitud de éste; cómo se trasladó desde su domicilio a otro domicilio, la manera en que fue arrestado; todo eso configuró el peligro de fuga latente que condujo a la prisión preventiva”, detalló la fiscal titular de Monte Plata, Ramona Santana.

En ese mismo sentido, el fiscal Eduardo Velázquez dijo que la juzgadora tomó en cuenta, primero, la integridad física de las víctimas, “víctimas que declararon en la sala de audiencia que están a punto de suicidarse producto de las maniobras fraudulentas que Wilkin García Peguero, apodado Mantequilla, a través de su entidad comercial 3.14 Inversiones World Wide, utilizaba para engañar y estafar a los munícipes de Sabana Grande de Boyá”.

Sobre la empresa de García Peguero, explicó que está cerrada desde antes de que se solicitara la imposición de medida de coerción.

Velázquez destacó que la decisión que envía al imputado a prisión está apegada al Derecho, conforme a la Constitución de la República, en base a la cintila probatoria que el Ministerio Público aportó en el día de hoy, “y fue fallada en Derecho por la juzgadora de este tribunal”.

Dijo que además de la integridad física de las víctimas, para la imposición de la medida privativa de libertad, también se tomó en cuenta el peligro de fuga.

La fiscalía de esa provincia recibió unas 25 querellas formales por estafa presentadas por ciudadanos a través de abogados contra García Peguero, así como unas 10 denuncias interpuestas directamente por ciudadanos.

El Ministerio Público gestionó el pasado mes la orden de arresto contra García Peguero por violación los artículos 307 y 405 del Código Penal Dominicano.

Su arresto fue ejecutado por miembros de la Policía en el Distrito Nacional mediante la orden judicial número 668-2022-SAJP-01389, emitida por el mismo Tribunal de Atención Permanente de Monte Plata.

García Peguero, según ha establecido el Ministerio Público, captó millones de pesos a través de una empresa no regulada, denominada 3.14 Inversiones World Wide, que operó en un local comercial y en una residencia del municipio Sabana Grande de Boyá, y sobre la que las autoridades financieras advirtieron a la población de que se trataba de un negocio piramidal.