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Cancillería controlará su nómina

El quinto artículo de la disposición del Mirex se otorga un plazo de un año para que lo establecido en la misma sea cumplido por las diferentes embajadas; mientras que el cuarto señala que la resolución será revisada cada tres años

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Javier FloresSanto Domingo, RD

El Ministerio de Relaciones Exteriores (Mirex) emitió la resolución número 08-2022 que establece la cantidad de funcionarios diplomáticos por cada embajada y misión permanente.

De acuerdo con esa resolución, firmada por el canciller Roberto Álvarez, Estados Unidos y Haití tendrán la mayor cantidad de representantes diplomáticos en sus misiones con 15 (14 funcionarios más el jefe de misión).

Ambas misiones son seguidas de la de España y Reino Unido con 10 personas, China y México tendrán nueve funcionarios; Alemania, Argentina, Japón, Bélgica, Brasil, Canadá, Francia, Países Bajos, Chile, Colombia tendrán ocho funcionarios; mientras que Costa Rica, India, Italia, Panamá, Turquía y Rusia tendrán siete.

De su lado Corea del Sur, Cuba, Suecia, Austria, Venezuela y Vietnam con seis, al tiempo que Portugal, Qatar, Arabia Saudita, Israel, Ecuador, Egipto, Jamaica, Santa Sede (Vaticano), Emiratos Árabes Unidos, Sudáfrica, Bolivia, Suiza, Trinidad y Tobago, Uruguay y Perú quedarán con cinco.

Con cuatro representantes quedará Honduras, El Salvador, Marruecos, Nicaragua, Guatemala, Guyana y Paraguay; con solo tres se quedan Antigua y Barbuda y Armenia.

En cuanto a las misiones permanentes, la cancillería determinó que solo serán 16 los representantes diplomáticos ante la ONU; ante la oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, con sede en Ginebra, Suiza serán nueve.

La resolución señala que ante Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) que serán ocho; al igual que ante la Organización de Estados Americanos (OEA).

Por igual se estableció que el país no tendrá representantes ante la Organización Mundial del Comercio, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Conferencia de Naciones Unidas Sobre Comercio y Desarrollo.

El quinto artículo de la disposición del Mirex se otorga un plazo de un año para que lo establecido en la misma sea cumplido por las diferentes embajadas; mientras que el cuarto señala que la resolución será revisada cada tres años.