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Un atentado contra la sostenibilidad del sistema previsional dominicano

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Jaime Aristy EscuderSanto Domingo, RD.

La Ley 87-01 de Seguridad Social estableció un sistema de pensiones que es mucho mejor que el quebrado e inviable sistema de reparto que previamente existía en la República Dominicana. Lamentablemente, el actual sistema de pensiones, que ha permitido crear la mayor masa de ahorro previsional registrada en la historia dominicana, se encuentra en constante ataque.

Algunos fundamentan sus críticas sobre argumentos ideológicos orientados hacia la estatización de los fondos previsionales y otros lo critican porque no conocen ni entienden las bondades del sistema de pensiones de cuentas individuales. Ambos grupos tienen en común la presentación de planteamientos populistas. Lamentablemente, esas críticas soportadas en el populismo han permeado algunas instituciones con la capacidad de adoptar decisiones que pueden hacer mucho daño al ahorro previsional de los trabajadores dominicanos.

La semana pasada se conoció una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que atenta contra la sostenibilidad del actual sistema de pensiones. De acuerdo con la Sentencia No.030-02-2022-SSEN-00327 del TSA, se le ordena a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) en su calidad de reguladora de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) “dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 100 y 105 de la ley núm. 87-01,” que crea el Sistema Dominicano de Seguridad. Y luego añade: “…y restituir a los accionantes…, los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual, de acuerdo con las deducciones realizadas en el mes de enero del año 2022, mes de febrero del año 2022 y algunos de los balances concerniente al mes de marzo del año 2022, conforme a los motivos que fueron expuesto. [sic]”

¿De qué se trata este caso? Un grupo de afiliados presentó ante el TSA una acción constitucional de amparo con el objetivo de que ese tribunal ordenase a la Superintendencia de Pensiones que hiciera que las AFP le restituyese los valores reducidos en sus cuentas de capitalización individual en los primeros tres meses de 2022.

La sentencia del TSA es incorrecta. Por un lado, manda a la SIPEN a dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 100 y 105 de la Ley No. 87-01. El artículo 100 establece que las AFP podrán operar varias carteras de inversión con una composición distinta de instrumentos financieros, con diversos riesgos y rentabilidad real. Eso significa que pueden invertir en instrumentos financieros emitidos, tanto en pesos como en dólares, por el sector público, como los bonos de Hacienda o títulos del Banco Central, o por el sector privado. El artículo 105 es parte de un conjunto de artículos, como el 102, 103 y 104, que establecen el derecho del afiliado a una rentabilidad mínima.

Ningún fondo que invierte recursos en instrumentos con precios de mercado, que pueden variar de acuerdo con las condiciones del mercado, puede asegurar una rentabilidad fija. Por eso el sistema establece que la rentabilidad mínima debe ser igual a la rentabilidad promedio del sistema de capitalización individual menos 2%. De esa forma se castiga a las AFP que, dadas las condiciones del mercado, realicen inversiones cuyo retorno sea inferior a dos puntos porcentuales con relación al promedio de todas las AFP, obligándolas a garantizar esa rentabilidad mínima a los afiliados.

De acuerdo con datos publicados en el informe de la SIPEN, ninguna AFP obtuvo en los meses de enero a marzo de 2022 una rentabilidad por debajo de la rentabilidad mínima exigida. En consecuencia, no existe la necesidad de que los recursos depositados en la cuenta de Garantía de Rentabilidad sean utilizados de acuerdo con el mandato de la ley para asegurar la rentabilidad mínima a los afiliados. Esa evidencia comienza a demostrar que la sentencia del TSA es incorrecta.

Por otro lado, esa sentencia manda a la SIPEN a “restituir a los accionantes…, los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual, de acuerdo con las deducciones realizadas…” en los meses de enero a marzo, cuando en realidad no hubo ninguna deducción de la cuenta de esos afiliados. El análisis del saldo acumulado a la fecha de recursos en las cuentas de capitalización individual confirma que las entradas son básicamente los aportes de los empleadores y los trabajadores; y que las salidas de recursos de las cuentas consisten en el pago de beneficios a los afiliados por diversos conceptos (i.e., ingreso tardío; cesantía por edad avanzada; sobrevivencia (herencia); sobrevivencia (pago compañía de seguro); retiro programado; renta vitalicia; y enfermedad terminal). Cada día de operación, el saldo neto acumulado del fondo es invertido de la mejor forma posible por las AFP, generando un retorno o rentabilidad a favor del trabajador, que al mes de junio de 2022 alcanza la cifra acumulada de 434,254.2 millones de pesos, equivalente a un 55% del total del fondo acumulado en forma de cuentas individuales. La sociedad dominicana se beneficiaría mucho si los miembros del TSA aprendieran cómo funciona el método de valoración de los fondos que se colocan en las cuentas de capitalización individual. Por un lado, si se trata de títulos de renta fija, como los bonos, el valor de los fondos depende de las tasas de interés, tanto de cada instrumento financiero como de la que prevalece en el mercado. Si se trata de títulos de renta variable, como acciones, el valor de los fondos depende del flujo de dividendos que paguen las empresas que emitieron esas acciones y de la tasa de interés del mercado. Y si se trata de títulos denominados en moneda extranjera, como el dólar, también depende del tipo de cambio.

En el caso de la República Dominicana, que se trata principalmente de fondos compuestos por títulos de renta fija en pesos y dólares, el valor de mercado de esos fondos depende de las tasas de interés y del tipo de cambio peso/dólar. La variación del valor de esos fondos, que se registra diariamente, es el rendimiento o rentabilidad del fondo que alimenta las cuentas de capitalización individual. Esas variaciones pueden ser positivas o negativas. Si la tasa de interés del mercado sube, el valor de los títulos que componen los fondos tiende a bajar. Si esa tasa baja, el valor de los fondos sube. Si el tipo de cambio peso/dólar se deprecia, el valor en pesos de los fondos invertidos en dólares sube. Si el tipo de cambio peso/dólar se aprecia, el valor en pesos de los fondos invertidos en dólares baja. Al sumar las alzas y las bajas del valor de los fondos desde la creación del sistema de pensiones de capitalización individual a junio de este año se tiene como resultado que las cuentas de capitalización individual de los trabajadores se han beneficiado, vuelvo y repito la cifra, con 434,252.2 millones de pesos.

En el período enero-marzo de 2022 se registró una apreciación del peso dominicano frente al dólar. Específicamente, el tipo de cambio se apreció en 4.1%, al pasar de 57.55 a 55.15 pesos por dólar. Dado que una parte del fondo de inversiones está compuesto por títulos denominados en dólares, es lógico que esa apreciación redujese el valor en pesos del fondo y que esto se reflejase en una reducción del valor total en pesos de las cuentas de capitalización individual de los afiliados. Aquí caben dos preguntas.

¿Significa esa variación del valor en pesos del fondo que las cuentas de capitalización individual han disminuido por “deducciones,” como afirma de forma incorrecta el TSA? No. Las cuentas en pesos disminuyeron por la apreciación del peso, pero en términos de dólares el monto invertido en esa moneda no ha registrado ninguna reducción.

¿Ha sido beneficioso para el trabajador que las AFP hayan invertido una parte del fondo patrimonial en dólares estadounidenses? Claro que sí. Los datos permiten señalar que, de los recursos acumulados por los trabajadores por concepto de rentabilidad, el componente explicado por el diferencial cambiario, es decir, por los movimientos de la cotización del peso contra el dólar, aumentó el patrimonio de los trabajadores en 6,085.6 millones de pesos. Es lógico que ese aumento haya sido el resultado, pues entre enero de 2017 -año a partir del cual se comenzaron a realizar más inversiones en títulos financieros denominados en dólares- y junio de 2022, el tipo de cambio se depreció en 17.5%, al pasar de 46.72 a 54.92 pesos por dólar.

Todo lo anterior demuestra que la sentencia del TSA es incorrecta. Pero se puede añadir también que es perjudicial para los trabajadores, pues atenta contra la buena gestión y la sostenibilidad del sistema de pensiones, llevando a las AFP, entre otras medidas, a no invertir en instrumentos denominados en dólares, reduciendo su capacidad de minimizar el riesgo mediante la diversificación cambiaria.

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