CNSS pone frente al cobro de depósitos en las clínicas
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) presta atención a los reclamos de pacientes ante el cobro de anticipos o depósitos en clínicas.
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) puso atención en su reciente reunión a los reclamos que viene haciendo desde hace tiempo la población afiliada al Seguro Familiar de Salud (SFS) por la práctica de cobrar anticipos o depósitos que llevan a cabo algunos centros de salud privados al momento de ingresar un paciente.
En su reunión ordinaria del jueves pasado el organismo rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) emitió la resolución 546-01, firmada por su gerente general Edward Guzmán, que reitera lo establecido en disposiciones anteriores donde se dispone que está prohibida la práctica de exigir depósitos o anticipos a los afiliados del SFS como garantía de pago para ofrecer los servicios de salud que requiera el paciente en emergencia.
El recordatorio fue dirigido por el CNSS a todos los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) e instruye a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), a garantizar el cabal cumplimiento de esa disposición avalada por las leyes 42-01 y 87-01, General de Salud y de Seguridad Social y resoluciones administrativas.
Recuerda el organismo que la resolución 165-09, emitida en seis de abril de ese año, ordena a las ARS y al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), el pago a las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) públicas y privadas que no forman parte de su Red, por la asistencia médica de emergencia prestada a los afiliados del Régimen Contributivo.
Aplicar sanciones En la resolución, el CNSS instruye a la Sisalril a agotar el debido proceso con el objetivo de imponer las sanciones a las ARS y PSS, sean públicas, privadas o de autogestión, que dentro del Plan Básico de Salud se niegue a prestar servicios al usuario que haya demostrado estar afiliado a una ARS que tiene relación contractual con dicha prestadora.
También, instruye a la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DIDA) que oriente e informe a la población afiliada sobre sus derechos y deberes cuando una prestadora les requiera pagos de anticipos o depósito en violación a las disposiciones existentes.
Aprobó reglamento sobre sanciones Se recuerda que el CNSS aprobó el Reglamento sobre Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Laborales, el cual penaliza a las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), tipificando como sanciones graves con una penalidad de 200 Salario Mínimo Nacional, que dentro del Plan Básico de Salud se niegue a prestar servicios a los usuarios que hayan demostrado estar afiliado a una ARS que tiene relación contractual con dicha PSS.
La resolución del CNSS establece que se tiene el objetivo de regularizar esa situación, mejorando los canales de comunicación, entre las Administradora de Riesgos Salud (ARS) y las PSS, así como, capacitar al personal, cerrando las brechas de desinformación que puedan estarse presentando en la actualidad.
En los últimos meses se han incrementado las quejas de personas, sobre todo a través de las redes sociales, por dificultades que presentan al momento de requerir servicios de salud, sobre todo por la práctica de algunos centros de pedirles depósitos o anticipos al momento de ingresar un paciente.
En algunos casos se ha denunciado la ocurrencia de muertes porque pacientes que llegan a centros médicos no son atendidos de inmediato en espera de que la familia haga un depósito en efectivo por anticipado.
En otros casos, se producen rebotes luego de que las clínicas hacen algún nivel de estabilización de la emergencia médica.
Las ARS deben devolver anticipos En febrero pasado, el titular de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), doctor Jesús Feris Iglesias declaró que si algún paciente ha pagado el anticipo, “las ARS están obligadas a devolver ese anticipo a la persona que lo pagó. Y a su vez, esa ARS, que le descuenta a la clínica por los gastos incurridos de ese depósito. Claro, en estos casos, los afiliados deben dirigirse a las instituciones correspondientes para hacer las reclamaciones de lugar”. Los reclamos se hacen a través de la DIDA.