MP solicita cese provisional de operaciones de tres empresas de implicados en caso FM
IGUALMENTE PIDIÓ IMPONER 18 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA CONTRA IMPLICADOS EN CASO FM
La Procuraduría Especializada en Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo solicitó al juzgado de Atención de Santo Domingo Oeste, ordenar el cese provisional de la operación de tres empresas propiedad de varios de los imputados en el caso FM y que se le imponga 18 meses de prisión a los encartados.
La magistrada Ramona Nova, titular de la entidad unidad Antilavado de Activos, en una instancia de 208 páginas, pidió a la jueza Odalis Alapis ordenar el cese de Santiago Único Auto Detailing Pérez SRL, Getaway Propertie Investment y Azcona Tours SRL.
Empero, pidió que previo el tribunal ordene la convocatoria de sus representantes legales, quienes fueron arrestados mediante diferentes operativos, en los que participaron agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD),
"Que en cuanto a las razones sociales Santiago Único Auto Detailing Pérez SRL, RNC número: 13170146, Getaway Propertie Investment, RNC número: 1241LA y Azcona Tours SRL, RNC número: 1-31-60808-6, que previo al conocimiento de la presente audiencia el tribunal ordene la convocatoria de sus representantes legales, en cuanto al fondo ordene el cese temporal de sus operaciones hasta la culminación del proceso", aduce la instancia firmada además por el fiscalizador José Manuel Calzado, adscrito a la unidad.
Asimismo, solicita que se le imponga a los imputados Juan Gabriel Pérez Tejada (a) El gordo y/o Único, Rolando Miguel Reyes Javier, Juan Isidro Pérez de La Rosa, Dyna Madison Noguera Polanco, Anabel Altagracia Sánchez Santana, Gladis Sofía Azcona de La Cruz Y Ramluis Mejía Azcona: la medida de coerción establecida en el numeral 7 del artículo 226 del Código Procesal Penal.
En ese sentido, pidió al tribunal imponer a los imputados prisión preventiva por un periodo de 18 meses y que el caso sea declarado complejo.
Además, se reserva el derecho de presentar en la medida de coerción cualquier otro elemento de prueba en el curso del proceso de lo secuestrado en las actas, así como cualquier otro documento u objeto para cualquier circunstancia que necesite aclaración.