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¿Puede Miguel Gutiérrez ser removido como diputado?

La decisión dependerá de sus colegas diputados.

Cámara de Diputados, foto de archivo. / Listín

Cámara de Diputados, foto de archivo. / Listín

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Paul MathiasenSanto Domingo, RD

La decisión sobre si el diputado Miguel Gutiérrez Díaz, apresado en Estados Unidos por presunto narcotráfico, mantendrá o no su curul, dependerá exclusivamente de la Cámara de Diputados.

Al tratarse de uno de los poderes del Estado y el legislador haber sido electo mediante votación, sólo el Congreso Nacional constitucionalmente tiene la potestad para despojar de su cargo a un diputado.

No obstante, es un proceso que requiere el consentimiento del resto de sus colegas, los cuales mayoritariamente han evitado referirse al futuro de Gutiérrez y a su aparente vinculación con el narcotráfico.

En su reglamento interno, específicamente su capítulo sobre régimen disciplinario, la Cámara de Diputados faculta al Consejo de Disciplina, conformado por diputados, como el organismo a cargo de tomar las decisiones contra legisladores que hayan cometido faltas en el ejercicio de sus funciones.

Detalla 12 posibles hechos por los cuales pueden ser sancionados y seis sanciones, entre las que se encuentra la "recomendación al Pleno para que inicie el proceso constitucional establecido en el numeral 1) del artículo 83 de la Constitución de la República"

El artículo 83 de la Constitución lo que establece es que es atribución de la Cámara de Diputados acusar a funcionarios públicos elegidos por voto popular, por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

"La persona acusada quedará suspendida en sus funciones desde el momento en que la Cámara declare que ha lugar la acusación", indica la Constitución, sin embargo "la acusación sólo podrá formularse con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula".

Consejo de disciplina

Más allá de que constitucionalmente tienen la potestad, el presidente del Consejo de Disciplina, Jesús Manuel Sánchez, alegó que la mesa de trabajo que dirige "aún no está facultada para quitarle la diputación a Gutiérrez" porque el congresista aún no tiene una sentencia.

Sánchez expresó que sólo si la justicia estadounidense demuestra legalmente que el legislador Miguel Gutiérrez está vinculado al narcotráfico, entonces su diputación en la Cámara Baja le podría ser arrebatada tras una investigación del Consejo de Disciplina.

No obstante, aunque Sánchez se mantiene cauto ante el inicio de una investigación, el reglamento de la Cámara Baja otorga la posibilidad a otro legislador, organismo político o al pleno, la facultad para solicitar la apertura de un expediente.

"La apertura de un expediente disciplinario será acordada por el Consejo de Disciplina, por iniciativa propia, a propuesta de alguno de los órganos políticos o a propuesta individual de un miembro de la Cámara, cuando aprecie indicios claros de responsabilidad disciplinaria de uno o varios diputados" establece el artículo 173 del reglamento.

Inmunidad

Como parte de sus “beneficios”, los miembros de la Cámara de Diputados disponen de inmunidad parlamentaria que está contemplada en el artículo 172 de su reglamento, donde indica que los legisladores no pueden ser privados de su libertad durante la legislatura “salvo autorización previa de la Cámara de Diputados”.

En ese sentido también indica que “La inmunidad parlamentaria a que se refiere el presente artículo sólo será retirada los miembros de la cámara de Diputados en respuesta al requerimiento hecho a tales fines”.

Cabe resaltar, que la inmunidad parlamentaria que poseen los diputados sólo aplica a nivel local, por lo que fuera del país el legislador puede ser privado de su libertad.