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Enfoque

La responsabilidad social de los museos

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Luisa De Peña DíazSanto Domingo

De acuerdo al ICOM (Consejo Internacional de Museos) los museos “son instituciones sin fines de lucro, permanentes, al servicio de la sociedad y de su desarrollo, que adquieren, conservan, investigan, comunican y exponen el patrimonio material e inmaterial de la humanidad y su medio ambiente con fines de educación, estudio y recreo”.

El ICOM, la organización mundial de museos y profesionales de museos que agrupa a más de 40,000 miembros y 22,000 museos en 146 de países, establece los parámetros de los museos en la comunidad internacional.

Hace ya más de una década que los museos y profesionales de museos están discutiendo el rol que deben jugar los museos en la educación en derechos humanos. De este proceso tenemos como resultado importantes declaraciones y recomendaciones que citaremos más adelante.

Primero queremos hacer referencia al único documento existente que regula los museos en República Dominicana. Se trata del Reglamento de la Red Nacional de Museos, aprobado por el Consejo Nacional de Cultura el 31 de enero de 2007. Este reglamento, ordenado por la ley 41-00 que crea la Secretaría de Estado de Cultura, incluye íntegro el Código de Ética del ICOM para los Museos. Podemos decir, sin lugar a dudas, que esta inclusión nos provee del instrumento ideal para proteger a nuestros museos de las malas prácticas.

El Código de Ética del ICOM para los Museos es un documento vivo que se renueva constantemente a través del Comité Permanente de Ética del ICOM (ETHCOM). Este Comité está formado por una docena de profesionales escogidos entre los 40,000 miembros del ICOM.

El Código de Ética establece en su principio 6 lo siguiente: “Las colecciones de un museo son una expresión del patrimonio cultural y natural de las comunidades de las que proceden y, por consiguiente, no solo rebasan las características de la mera propiedad, sino que además pueden tener afinidades muy sólidas con las identidades nacionales, regionales, locales, étnicas, religiosas o políticas. Es importante, por lo tanto, que la política del museo tenga en cuenta esta situación”.

En el desarrollo de este principio en su punto 6.7 dice: “Cuando se utilicen colecciones procedentes de comunidades existentes, se debe respetar tanto la dignidad humana como la tradición y cultura de quienes las usan. Este tipo de colecciones se debe utilizar para fomentar el desarrollo social, la tolerancia y el respeto, promoviendo la expresión multisocial, multicultural y multilingu¨e”.

De acuerdo a lo establecido por el ICOM “el proceso de musealización de las colecciones no consiste solamente en tomar un objeto para colocarlo en el seno del recinto museal”. Como lo resume Zbynek Stransky, “un objeto de museo no es solo un objeto dentro de un museo”. A través de su ingreso a otro contexto y merced a los procesos de selección, tesaurización y presentación, se opera en él un cambio de estado: de objeto de culto, objeto utilitario o de delectación, en el interior del museo se transforma en testimonio material o inmaterial del hombre y de su medio ambiente, fuente de estudio y de exposición, adquiriendo así una realidad cultural especifica”.

La musealización de un objeto desde la perspectiva científica lo condiciona al estudio, no se presentan los objetos por sí mismos sino que invita al visitante a comprender e interpretar su sentido. Los objetos personales de un personaje histórico presentados en un museo elevan al objeto y al personaje como testimonio y referente de identidad cultural.

Existe una comunidad amplia del país afectada por las violaciones a los derechos humanos y el terrorismo de Estado ejercido por el tirano Rafael Trujillo. Por tanto el personaje funesto y sus objetos personales no son testimonio de la identidad nacional. La nación dominicana se reconoce por su vocación democrática, su conciencia de la libertad, su apertura que nos hace uno de los países más hospitalarios. No nos define la intolerancia y las violaciones sistemáticas a los derechos practicadas en un momento de nuestra historia.

Un Estado democrático tiene la responsabilidad de promover valores, tal como se reconoce en la Carta Cultural Iberoamericana que emana del XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno que se celebró en Uruguay en noviembre del 2006. La misma establece, en su punto 3, titulado Cultura y Derechos Humanos, lo siguiente: “Se reconoce la importancia de reforzar el papel de la cultura en la promoción y consolidación de los derechos humanos y se manifiesta la necesidad de que el diseño y gestión de las políticas culturales se correspondan con la observancia, el pleno derecho y la vigencia de los derechos humanos”.

Por su parte la Declaración de Salvador de Bahía de 2007 de la comunidad iberoamericana de museos establece en sus puntos 6 y 7 lo siguiente: “Asegura que los museos sean territorios de salvaguarda y difusión de valores democráticos y de ciudadanía, colocados al servicio de la sociedad, con el objetivo de propiciar el fortalecimiento y la manifestación de las identidades, la percepción crítica y reflexiva de la realidad, la producción de conocimiento, la promoción de la dignidad humana y oportunidades de esparcimiento”.

La responsabilidad social de los museos incluye la educación en derechos, el respeto a la diversidad, la promoción de valores, el respeto a la dignidad humana.

Esto quedó claramente establecido en la Recomendación relativa a la protección y promoción de los museos y colecciones, su diversidad y su función en la sociedad de UNESCO del 2015, que en su punto 17 dice: ‘’Los museos son espacios públicos vitales que deberían estar dirigidos a toda la sociedad y, en consecuencia, pueden desempeñar un papel importante en la creación de los vínculos y la cohesión de la sociedad, la construcción de la ciudadanía y la reflexión sobre las identidades colectivas”.

En noviembre del 2017 el Foro de Alto Nivel para Museos de la UNESCO se reunió en Shenzhen, China. De esta reunión salió la Declaración de Shenzhen donde se establece lo siguiente: ‘’Alentar a los museos a adoptar un código ético riguroso, basado en los códigos éticos del ICOM, y participar en una reflexión continua sobre las normas éticas y profesionales como medio de mantener la confianza pública y aumentar su pertinencia en relación con los requisitos y las normas de la sociedad’’.

Un museo nacional no puede elevar y presentar al mayor violador de los derechos humanos que se ha registrado en la historia de nuestro país con un estimado de 50 mil víctimas directas de Terrorismo de Estado, entre las que se contabilizan unos 25 mil seres humanos asesinados y/o desaparecidos, dedicándole una Sala a su persona y sus objetos personales elevándolo a una posición de referente. Este personaje solo puede tratarse enmarcado dentro del relato científico, de historia objetiva de un periodo histórico.

Finalmente esperamos que el Museo Nacional de Historia no se coloque al margen de la comunidad internacional de museos y de las leyes dominicanas violando la ley 5880-62 que nos protege de la difusión de los antivalores al prohibir la promoción de Trujillo y su régimen.

La autora es presidenta de ICOM República Dominicana y directora fundadora del Museo Memorial de la Resistencia Dominicana

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