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Gobierno y democracia con participación social

La democracia representativa tiene que evolucionar hacia la democracia participativa. JOSÉ ALBERTO MALDONADO/LD

La democracia representativa tiene que evolucionar hacia la democracia participativa. JOSÉ ALBERTO MALDONADO/LD

Y a la democracia representativa no es suficiente para la sociedad dominicana. La ciudadanía se torna cada vez más exigente frente al desenvolvimiento de los poderes del Estado, gracias al crecimiento de una clase media dinámica, a la insatisfacción de las expectativas generadas en torno a la solución de problemas en vista del crecimiento económico experimentado en los últimos años, al predominio de las tecnologías de la información y la comunicación como canal de socialización de causas sociales, entre otros factores.

Ese carácter contestatario de la sociedad, cada vez más evidente en los medios de comunicación, en las redes sociales virtuales y en las movilizaciones populares, es expresión de una aguda crisis de confianza de la ciudadanía hacia las instituciones públicas, hacia el sistema de partidos políticos y, peor aún, hacia la misma democracia representativa dominicana. En los estudios de opinión realizados en República Dominicana sobre el nivel de confianza de los ciudadanos en las instituciones, se confirma la tendencia de desconfianza de los últimos años. Tal es el caso de los resultados de la encuesta de Barómetro de las Américas, que registra la confianza en los partidos políticos en apenas un 20.4%. Un resultado similar arroja la encuesta Gallup, publicada en octubre de 2018, al establecer el nivel de confianza en sólo un 23.4%. La democracia representativa que nos hemos dado, privilegia sólo un mecanismo de participación de la población: las votaciones para la elección de candidatos cada cuatro años. Sin embargo, dicho mecanismo ha sufrido importantes niveles de distorsión al ser presa de la cultura del clientelismo político.

Es evidente que la sociedad requiere de mayor capacidad de incidencia en la aplicación de las políticas públicas, pues ya le es insuficiente la institucionalidad democrática con que contamos. Para recuperar la confianza de la ciudadanía se requiere replantear su relación con el Estado.

Democracia participativa Es urgente agregar valor a la democracia representativa si deseamos fortalecer el Estado Social y Democrático de Derecho de nuestro país, convirtiéndola paulatinamente en democracia participativa. Esta necesidad quedó plasmada en la Estrategia Nacional de Desarrollo (Ley 1-12) al referirse en el Art.7 al eje estratégico, que procura un Estado Social Democrático de Derecho, estableciendo como uno de sus objetivos generales la democracia participativa.

Para lograr esto se hace necesaria la incorporación de un sistema de mecanismos de participación efectiva de la sociedad en la actuación del Estado. De esa forma se podrá garantizar paulatinamente la mitigación de la crisis de confianza. Aún estamos a tiempo, pues al conversar con cientos de dirigentes religiosos, empresariales, académicos y sociales en mis recorridos por las diferentes provincias del país, he podido comprobar que, a pesar de su desconfianza hacia la política, los políticos y los partidos políticos, están dispuestos a participar en los asuntos nacionales y locales si se establecen mecanismos transparentes de concertación social. La gente aún alberga la esperanza de que se instaure un régimen participativo para la gestión de las políticas públicas.

En ese sentido, representa una gran oportunidad el dimensionar el rol y la efectividad de algunos mecanismos de concertación y consulta social, de escala nacional y local, que instituyen tanto la Constitución de la República como diversas leyes. En efecto, entre los mecanismos facilitadores de una democracia participativa pueden ser citados los siguientes:

Consejo Económico y Social (Art. 251, Constitución de la República, Ley 142-15).

Iniciativa Legislativa Popular (Art. 97, Constitución de la República).

Referendo Aprobatorio (Art. 272, Constitución de la República).

Referendo, plebiscitos e iniciativa normativa municipal (Art. 203, Constitución de la República).

Presupuestos Participativos Municipales (Art. 206, Constitución de la República, Ley 170-07). Consejos de Desarrollo Regional, Provincial y Municipal (Art. 14, Ley 498-06 de Planificación e Inversión Pública).

Mecanismos previstos Algunos de estos mecanismos permanecen con un perfil limitado en incidencia y cobertura; otros aún no se han hecho efectivos. Lo más preocupante es que en la misma Estrategia Nacional de Desarrollo se prevé la aprobación de una ley de participación social, cuyo proyecto sigue reposando sin aprobación en el Congreso de la República, bajo el expediente No. 00863. Esta dilación en el establecimiento de un marco legal en materia de participación social en la gestión pública es una evidencia no sólo de la falta de voluntad política sino también de la subestimación del riesgo que representa la desconfianza ciudadana para la estabilidad del sistema democrático vigente.

El Gobierno del Contrato Social Es preciso entender que compartir el ejercicio del poder con la Sociedad Civil no representa un debilitamiento ni del Estado ni de la Democracia Representativa. Un Estado fuerte no es aquél que se impone, más bien es aquél que goza de la confianza de los ciudadanos por el grado de legitimidad que tienen sus acciones.

La Democracia Participativa no es la negación de la Democracia Representativa, más bien es su superación, ya que la actuación del Estado no se limita a la legalidad sino que también procura la legitimidad.