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DECRETO 6-18

Presidente Medina establece nuevo período de veda de captura de cangrejos

El presidente Danilo Medina emitió un decreto que establece un nuevo período de veda de captura de cangrejos, comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año.

El decreto 6-18, emitido hoy, busca evitar la extinción de especies de cangrejos Paloma Cueva, Zumba o Pelú, Cangrejo Moro, Cangrejito Rojo y Jaiba Sirica y proteger la riqueza marina nacional del Estado dominicano.

Anteriormente se había establecido un periodo de veda que iniciaba el 1 de diciembre y se extendía hasta el 30 de abril de cada año. Sin embargo, resultados de estudios técnicos sobre los aspectos biológicos y pesqueros del cangrejo de manglar arrojaron que ese espacio no coincide con la época pico de reproducción y muda.

El artículo 2 del decreto 6-18 prohíbe la comercialización, exportación y tenencia de carne o masa de cangrejos de las citadas especies durante el periodo de veda a partir de este viernes.

El Poder Ejecutivo prohibió, además, la captura de cangrejos juveniles en cualquier época del año y la captura mediante varillas, ganchos o cualquier otro utensilio contundente o arte de pesca que no permita reconocer el sexo del animal.

El Consejo Dominicano de Pesa y Acuicultura (Codopesca) quedó encargado de velar por el cumplimiento de la disposición presidencial.

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