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Enfoque

Objetivos combinados

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Gustavo VolmarSanto Domingo, RD

Si se pregunta a un contribuyente cuál es el propósito de los impuestos, es casi seguro que responda que su objetivo es recaudar dinero para el gobierno. Después de todo, podría razonar, el gobierno pone impuestos porque tiene que cubrir sus gastos, y aunque puede cubrir una parte endeudándose, necesita dinero para sus demás compromisos y para pagar los intereses sobre las deudas que ha contraído. Y ciertamente, ése es el propósito habitual de los impuestos.

Pero aparte de servir para ese propósito fundamental, es posible establecer impuestos por otros motivos. Uno de ellos es disuadir determinados consumos y actividades económicas, lo que puede combinarse con el objetivo de recaudación. Los impuestos al alcohol y a los derivados del tabaco ofrecen un ejemplo a ese respecto.

Cuando el propósito exclusivo es desalentar consumos y actividades, las pautas para hacerlo suelen ser claras. En ese sentido se procura que los gravámenes sean altos, lo suficiente para lograr que los usuarios decidan gastar su dinero en otras cosas. El riesgo, como es obvio, es que dichos gravámenes empujen esas actividades hacia la ilegalidad, lo que implica que la efectividad del impuesto para alcanzar su objetivo será tanto menor cuanto mayor sea la posibilidad de que las actividades se lleven a cabo en secreto, clandestinamente.

Esa limitación ha servido desde hace mucho tiempo para justificar que los gravámenes no sean prohibitivos. Si los consumos y actividades se van a seguir realizando de todos modos, parece lógico concluir que es preferible sacarles provecho como medio de recaudación. Así se consigue, según este argumento, que actividades indeseables o nocivas contribuyan a una buena causa, como fuente de fondos que podrán emplearse para mejorar la salud de la población, elevar su nivel educativo, suplirle agua o reforzar su seguridad.

Esta clase de impuestos con objetivos combinados son muy comunes, estando presentes en casi todos los sistemas tributarios del mundo. A veces, sin embargo, se presentan disyuntivas complicadas, especialmente cuando las actividades perjudiciales generan costos, por ejemplo gastos médicos, que deben ser asumidos por el Estado. En esos casos, como suele ser difícil calcular dichos gastos, el aparente aporte impositivo tiende a ser sobreestimado.

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