DEFENSA COMERCIAL

¿Qué son las salvaguardias agrícolas?

TRATADO DE LIBRE COMERCIO

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Cándida AcostaSanto Domingo, RD

En materia de comercio internacional, los países que han asumido un compomiso multilateral o bilateral acuden al capítulo de Defensa Comercial que incluye las salvaguardias agrícolas locales.

Los países que ven su capacidad de producción o de mercado sobrepasada por importaciones de un producto determinado aplican una tasa arancelaria temporal más alta a un volumen del bien importado de forma desproporcionada que se trate. La medida se aplica por un período corto en un año calendario, como mecanismo de defensa. Esa es una salvaguardia.

De hecho, en la Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas (OTCA) se registran varias salvaguardias aplicadas por República Dominicana en el tratado DR-Cafta.

Las SAE (Salvaguardias Agrícolas Especiales) aplicadas más recientes dentro del DR-Cafta fueron en enero 2022, afectando las importaciones de muslos de pollo, leche en polvo, queso mozzarella, arroz con cáscara, y arroz partido y arroz descascarrillado y semiblanqueado.

El 7 de mayo de 2022 el país también aplicó otra salvaguadia a las importaciones de queso mozzarella. Entre junio y diciembe de 2017 se aplicó otra a las importaciones de cortes de cerdo, arroz semiblanqueado, frijoles, queso mozzarella y al queso cheddar.

También se aplicaron dos en 2018, una en 2019, una en 2020 y dos en 2021.

La medida es hasta el momento el único mecanismo factible de defensa comercial de la producción nacional de bienes que entran en la curva cero de la fase última del desmonte de aranceles (tarifas aduanales) contemplados en el DR-Cafta.

El acuerdo fue firmado en agosto de 2004 y ratificado en 2005 para que entrase en vigor en 2007, pero para fines arancelarios en aduanas entró desde el mismo momento que lo hizo uno de los miembros, en este caso en 2006 por El Salvador.

El DR-Cafta fue firmado por cinco países centroamericanos (Costa Rica, El Salvador, Nicaragua, Honduras, Guatemala) más República Dominicana, con Estados Unidos.

El convenio establece en sus artículo 3.15, medidas de salvarguardias locales y en el 3.18 la posibilidad de convocar al comité agrícola a los 14 años del convenio.

A casi 20 años los productores de los bienes sensibles de la canasta básica dominicana como los arroceros y avicultores demandan una revisión del tratado, pero la medida es difícil por las implicaciones que trae, por lo que se espera que el Gobierno pueda apelar a los distintos mecanismos que provee el mismo tratado, así como también otros acuerdos multilaterales.

El convenio, además, contempló la protección de los ocho productos sensibles de la canasta básica mediante la llamada Rectificación Técnica (en 1999) del Acuerdo de Agricultura, (arroz, pollo, maíz, ajo, cebolla, habichuelas, azúcar y leche en polvo).

El azúcar, de hecho, no ha entrado nunca en el libre comercio, pues se negociaron cuotas de importación.

Implicaciones

De paralizar las importaciones de un bien contemplado en un tratado, el país estaría infringiendo una restricción y eso es condenado por la Organización Mundial del Comercio (OMC), entidad a la cual el país afectado puede someter el caso por ante el Departamento de solución de controversias de la OMC y aplicar sanciones.

Si se apela a convocar una revisión de una acuerdo multilaeral como el DR-Cafta habría que contar con la aprobación de los cinco países centroamericanos para hacerlo como el bloque que coforman, someter nuevamente el convenio a los congresos de todos los países y dar algo a cambio como parte de la negociación a la nación afectada, en este caso a Estados Unidos.