Empleadores deben registrar a las domésticas en la TSS
Formalización. El salario de las domésticas no podrá ser menor de RD$10,000 mensuales y los patronos no pueden reducirles a las que ganen más de ese monto según la guía de Trabajo.
Los empleadores que usen servicios de domésticas tendrán que registrarlas en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y realizar un contrato de mutuo acuerdo que defina el tipo de labor, el modo de pago, un horario que no deberá pasar de 44 horas semanales y las vacaciones y días de descanso diario y semanal.
La información está publicada en el portal del Ministerio de Trabajo, la cual indica que el salario mensual de una doméstica no deberá ser menor de RD$10,000 mensuales y, además, hace la salvedad que al momento de entrar en vigor la resolución contenida en la Guía de Formalización del Trabajo Doméstico, las trabajadoras que ganen más de ese valor este no se les podrá reducir, en atención al artículo 217 del Código Laboral Dominicano.
La Guía de Formalización del Trabajo Doméstico establece que el empleador haga un registro de la doméstica en la TSS donde le asignarán un código que el empleador debe entrar al Ministerio de Trabajo junto con una copia del contrato laboral y una fotocopia de ambos lados de la cédula de identidad para así poder registrarlo en la Dirección General de Trabajo.
En caso de que alguno no tenga cédula se puede hacer el registro con un pasaporte o cualquier otro documento legal. Los contratos pueden ser enviados por correo.
El contrato
Además de los nombres completos, direcciones de la doméstica, las cédulas o pasaporte y su empleador el contrato debe dejar claro el lugar donde se realizará el trabajo, la fecha y el fin del contrato si hay tiempo definido para la labor. Si no lo hay se deja sin fecha.
También será necesario exponer en el contrato el tipo de labor, si es solo para cocinar o si la empleada está siendo contratada para la limpieza; el salario, el tiempo que será pagada la jornada, así como los horarios, que no deberán pasar de ocho horas al día o 44 semanales.
Otro dato a incluir es el de las vacaciones y el descanso diario y semanal y, si la doméstica duerme y come en esa casa.
El descanso semanal tiene que ser de 36 horas, tiempo que no puede ser interrumpido, dice la guía. Plantea dos opciones si el empleador y la doméstica acuerdan trabajar un día libre, el cual deberá ser tomado otro día o aumentando el pago en un 100 %.
Los pagos pueden hacerse en efectivo o mediante transferencia.
Seguridad Social
La guía se refiere a los aportes obligatorios de la Seguridad Social (SS).
En cuanto al aporte a la SS los empleadores deberán aportar un cargo fijo de RD$571.50, las trabajadoras también tendrán que aportar RD$28.50para un total de aporte de RD$600.
Mientras que por cuenta del Estado se incluirán RD$259.43, de aporte.