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Dando cumplimiento a la ley 139-97, el Ministerio de Trabajo dio a conocer las fechas correspondientes a los días feriados del próximo año, 2022.
El año que viene los días feriados se aplicarán de la siguiente manera, según informó el organismo mediante un comunicado.
*El sábado 1 de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia. *El jueves 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de enero. *El viernes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia. *El miércoles 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 24 de enero. *El domingo 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible. *También es inamovible el viernes 15 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo *El domingo 1ero. de mayo, día del trabajo, su carácter no laborable, se cambia para el lunes 02 de mayo. *El jueves 16 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia. *De igual forma no se cambia el martes 16 de agosto, día de la Restauración de la República. *El sábado 24 de septiembre, día de las Mercedes y el domingo 06 de noviembre, día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes. *El domingo 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.