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Reembolso

No olvide que puede recuperar un poco de sus gastos educativos

La cantidad de personas que reportan y reciben compensación por sus gastos educativos se mantiene en aumento en el país. ISTOCK

La cantidad de personas que reportan y reciben compensación por sus gastos educativos se mantiene en aumento en el país. ISTOCK

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Lilian Tejada y Sergio Cid SolanoSanto Domingo, RD

Tras el inicio de la temporada escolar muchos padres y tutores agotaron sus ahorros e incluso quedaron con deudas debido a la gran cantidad de dinero que tuvieron que gastar en la compra de útiles, pago de colegios y demás gastos que conlleva la educación de los hijos.

Se estima que en sólo libros, uniformes, mochilas y materiales gastables el gasto ronda los RD$15,000.

Sin embargo, no todos saben que pueden obtener una devolución de ese tipo de gastos, aunque cada vez son más las personas que se acogen a la Ley No. 179-09 sobre deducción de gastos de educación, que les permite recuperar un poco la inversión que hacen cada año para el inicio de la jornada escolar. Esta ley les permite a los asalariados, profesionales liberales y trabajadores independientes sujetos a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) recibir una compensación por los gastos educativos. Esos contribuyentes pueden recibir una devolución por los gastos que realizan en la educación preescolar, básica, media, técnica y universitaria (grado y postgrado) y en materiales educativos siempre y cuando sean adquiridos en una entidad educativa que posea actividades relacionadas con el servicio exclusivo de educación.

Para que una factura sea válida como un gasto educativo debe contener RNC y nombre del centro educativo, el número de comprobante fiscal válido para crédito fiscal, la fecha en que se efectúa el pago del servicio, los datos del beneficiario: nombre, RNC o cédula, concepto del servicio, el nombre del dependiente (estudiante) y el monto total de pago.

Para realizar la deducción de gastos educativos se debe ingresar a la oficina virtual de la DGII, registrarse como contribuyente que desea beneficiarse de la Ley No. 179-09, registrar sus dependientes directos no asalariados (hijos), revisar y remitir su declaración jurada del impuesto sobre la renta y registrar los comprobantes fiscales que sustenten los gastos educativos emitidos por el centro educativo.

DEVOLUCIONES

Beneficiados Este año se beneficiaron 25,813 contribuyentes (24,514 asalariados y 1,299 profesionales independientes), distribuidos en 1,461 centros educativos

Monto El alivio tributario recibido por los contribuyentes en forma de devolución pasó de RD$316.2 millones en el 2018 a RD$337.7 millones en el 2019, según datos de la DGII.

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