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Seguro de enfermedad es un logro laboral
LOS TRABAJADORES EN LICENCIA MÉDICA RECIBIRÁN UNA PROPORCIÓN DE SUS SALARIOS
Santo Domingo.- En materia laboral, hay empresas que le pagan el salario completo al emplado cuando presenta problemas de salud que se justifican con una licencia médica. Sin embargo, esta práctica no es general porque en términos legales el patrono no está obligado a pagarle al empleado cuando cesa sus labores por enfermedad. La responsabilidad del empleador es cumplir con los aportes correspondientes para que el empleado tenga su seguro médico y pueda recibir las atenciones debidas en los casos en que sea necesario. Si el empleado tiene que dejar de trabajar por una enfermedad o accidente no laborales, entonces el empleador recurre a la prerrogativa del artículo 51 del Código Laboral y simplemente lo suspende sin disfrute de salario. Subsidio de enfermedadEsa situación que afecta a los trabajadores, principalmente obreros de empresas que pagan salario mínimo, es la que acaba de ser corregida en parte con el Seguro por Discapacidad Temporal a consecuencia de enfermedad común, accidente no laboral o por incapacidad ocasionada por el estado de embarazo, para los trabajadores afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud (SFS). “Los trabajadores afiliados al RC-SFS afectados por una discapacidad de origen no laboral que le impida desempeñar sus laborales habituales a partir del cuarto día, recibirán a través de sus empleadores prestaciones económicas por los días en convalecencia”, dijo Fernando Caamaño, superintendente de Salud y Riesgos Laborales. Para los trabajadores que requieran asistencia ambulatoria, la prestación que recibirán mientras estén fuera de labores será equivalente al 60% del salario promedio cotizable de los últimos seis meses, y de 40% si está recibiendo atención hospitalaria. El pago del subsidio se hará a través del empleador y se aplicará hasta un límite de 26 semanas, es decir, seis meses máximo. Pero para disfrutar de este beneficio, el trabajador afiliado debe estar cotizando a la Seguridad Social durante los últimos 12 meses consecutivos anteriores a la incapacidad que se presente. La administración del subsidio será costeada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), por mandato de la Ley 87-01 sobre Seguridad Social. El origen de los fondos es la comisión del 0.43% del salario de los trabajadores que se extrae de los aportes que hacen junto con sus empleadores cada mes para el Seguro Familiar de Salud. El procedimientoSi el empleado formal en el sector público o privado ha cotizado por más de un año en la seguridad social, tiene el derecho al subsidio por enfermedad. En caso de que el trabajador sufra una enfermedad no laboral o un accidente que no sea de tránsito, que le provoque incapacidad para trabajar durante un tiempo, acudirá al médico y éste le recomendará un tiempo específico sin trabajar (licencia médica). Pero para evitar indelicadezas y tener seguridad de que el padecimiento es real, el empleado o un familiar deberá ir a la empresa correspondiente y procurar un formulario que debe ser llenado por el médico, certificando la existencia del padecimiento y justificando la razón por la que deberá permanecer una cantidad específica de tiempo sin trabajar. Esa documentación será remitida a la Sisalril para el proceso de pago del 40% del salario al trabajador si está hospitalizado o de 60% si recibe atención ambulatoria. ConsecuenciasLa aplicación de este seguro está amparada en el Reglamento sobre Subsidio por Enfermedad Común, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y en un reglamento que para tales fines emitió la Sisalril. Los representantes del sector empleador consideran que es un logro para la clase trabajadora, pero los sindicalistas temen que algunos patronos que antes pagaban el salario completo por licencia médica, aunque la ley no los obliga, ahora se inclinen por cumplir el mandato legal y se limiten ha hacer el procedimiento de costo que corre por la cuenta acumulada en la Sisalril. Que sea para bienEl director de Subsidios de la Sisalril, Fausto Pérez Espinosa, declaró a LISTÍN DIARIO que el subsidio no afectará la situación de empleados que trabajan en empresas donde se paga el salario completo cuando se enferman, porque es muy difícil que un empleador le proponga a sus dependientes una reducción de sus beneficios. Lo que sí puede ocurrir es que el empleador, para ahorrar costos, aporte el porcentaje restante para completar el 100% del salario, es decir, si al trabajador le corresponde el 40%, el empleador aportaría el 60% restante para completar el salario. Otro caso que puede ocurrir es que los empleadores que pagan generalmente el 100% del salario cuando un empleado se enferma, seguirá con la misma práctica y a la vez le agotará el proceso para que cobre el subsidio de enfermedad, lo cual beneficiaría aún más al empleado. Sin embargo, Pérez Espinosa concluye que en sentido general es un logro, porque la mayoría de empresas del país, que tienen muchos empleados con salarios mínimos o cercanos al mínimo, no estipulan el pago del salario por enfermedad, sino que simplemente recurren al artículo 51 del Código de Trabajo y lo suspenden. Pérez Espinosa explicó que el subsidio sólo aplica para enfermedad o accidente no laboral, porque para el accidente o padecimiento laboral existe el Seguro de Riesgos Laborales (SRL). Asimismo, tampoco aplica para accidentes de tránsito, porque para esos casos existe el seguro de vehículos, además de un fondo para esos fines. El beneficio del seguro o subsidio por enfermedad se aplica a partir del cuarto día de padecimiento y su vigencia puede durar hasta seis meses. Luego de ese tiempo, si fuera el caso, el sistema recomendaría una pensión. SUBSIDIO A MATERNIDAD Y DE LACTANCIA OTROS BENEFICIOSFausto Pérez Espinosa dijo que el sector laboral recibe otros subsidios del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Dos de los más importantes son los subsidios por maternidad y de lactancia. El primero consiste en que la trabajadora embarazada tiene derecho a una licencia de tres meses cuando nace el bebé y recibe el 100% de su salario durante ese período. Hay personas que se sorprenden porque piensan que esa licencia siempre se ha pagado, pero la realidad es que sólo unas cuantas empresas lo pagaban sin que esto fuera una obligación laboral. Muchas empresas concedían la licencia por maternidad, pero sin salario. Ahora es un derecho adquirido que se financia a través de la Sisalril. El segundo subsidio es el de lactacia, mediante el cual la madre recibe en forma adicional una proporción porcentual de su salario, que varía de acuerdo con el monto devengado dentro de tres salarios mínimos. Si la madre o su pareja devenga un salario de hasta RD$5,635, tiene derecho al 25% de su sueldo como ingreso adicional durante un año. Si el salario está entre RD$5,636 y RD$1,270, el rango entre dos sueldos mínimos, entonces recibirá el 10% de su salario, y si la trabajadora devenga entre RD$1,271 y RD$16,905 recibirá el 5% de su salario como subsidio de lactancia durante un año. LOS REPRESENTANTES DEL GOBIERNO, EL SECTOR PRIVADO Y DE LOS TRABAJADORES DESTACAN LA IMPORTANCIA DE ESTE NUEVO LOGRO LABORAL FERNANDO CAAMAÑO“El pago del subsidio se hará a través del empleador a partir del cuarto día de la aparición de la condición de salud, hasta un límite de 26 semanas. La incorporación de este nuevo beneficio a las prestaciones que ya reciben los trabajadores, indica que República Dominicana está haciendo historia en materia de Seguridad Social, al tiempo que se hacen realidad las aspiraciones de nuestro sector laboral de contar con mayor protección”. MARISOL VICENSLa presidenta de la Confederación Patronal Dominicana (Copardom) dijo que el subsidio por enfermedad común es un nuevo beneficio que recibirán los trabajadores cuando sufran algún percance que les impida trabajar por un tiempo determinado. La dirigente empresarial explicó que ese subsidio está establecido en la Ley 87-01 sobre Seguridad Social y entró en vigencia el día 1 de este mes. RAFAEL ABREU“Muchos trabajadores reciben el salario completo cuando tienen licencia médica y creen que eso es de ley, pero no es así. Algunas empresas lo hacen porque quieren, pero la mayoría lo que hace es suspender al trabajador. Ahora con este subsidio por enfermedad común se puede decir que los trabajadores tienen un logro, pero ojalá que eso no sea un motivo para que algunos empresarios que pagaban todo el sueldo desistan de esa práctica”.