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PreguntaHola, mi nombre es Margarita Aponte y me gustaría saber si es legal el cobro de cargos por mora en mi factura, si tengo un acuerdo de pago formalizado en mi facturación. RespuestaGracias por escribirnos. El Artículo 17 del Reglamento General de Servicio Telefónico aprobado por la Resolución No. 105-07 del Indotel, establece que en caso de formalizar un acuerdo de pago la prestadora tendrá derecho a establecer un cargo de interés por mora sobre el monto efectivo de la deuda. Por lo tanto, si usted dispone de un acuerdo de pago, hasta tanto no finalice el mismo, su factura generará cargos por mora en base al balance pendiente, el cual irá reduciendo según los pagos de las cuotas que realice. Para mejor ilustración, puede descargar dicha resolución a través de la página web del Indotel: www.indotel.gob.do. PreguntaMi nombre es Mario Cepeda, les escribo desde San Juan de la Maguana y quisiera comunicarme con ustedes en vista de que un familiar está presentando serios problemas en la recepción de la señal de los canales locales y necesita saber si debe hacer su reclamación personalmente o la puede hacer un representante. RespuestaGracias por escribirnos. Puede comunicarse con nosotros desde San Juan de la Maguana o desde cualquier parte del país, sin cargos, a través de la línea 311. La reclamación puede ser formalizada vía telefónica por el usuario titular del servicio o puede designar un representante mediante una carta y copia de su cédula de identidad, los cuales puede remitir vía correo electrónico o facsímil. Para comunicarse con el autor consultas@indotel.gob.do

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