El exequátur como autorización del Poder Ejecutivo… ¿rémora de regímenes dictatoriales?
En esta entrega abordaremos de manera breve lo relativo al exequátur, no visto como el “conjunto de reglas conforme a las cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un tribunal de otro Estado reúne o no los requisitos que permiten reconocimiento u homologación”, sino y exclusivamente a la autorización que emite el Poder Ejecutivo para permitirle a un profesional el ejercicio de su profesión.
En 1942, en plena dictadura trujillista, cuando fue promulgada la Ley 111, sobre exequátur de profesionales, en el artículo 1 de dicho texto se estableció que “es necesario el exequátur otorgado por el Poder Ejecutivo para el ejercicio en el país de todas las profesiones que exijan título universitario nacional o extranjero debidamente revalidado”, señalándose que estas solicitudes deberán ser dirigidas a diversas instancias según la profesión de que se trate.
La ley de marras incluso estableció multas y condenas penales para los que ejerzan esas profesiones sin estar provistos de exequátur de ley, de tal manera que había y hay que cumplir con los requisitos que fije el Poder Ejecutivo a través de sus instituciones, sustituyendo a su vez a las instituciones educativas del propio Estado que emiten esos títulos que acreditan que determinada persona ha cumplido con las formalidades exigidas para otorgarle el título universitario.
Me resulta hasta risible, para no decir vergonzoso, que luego de que una institución de educación superior del país acredita con la expedición de su título universitario que determinada persona ha cumplido con todos los requisitos, tenga luego que necesitar la autorización del Poder Ejecutivo para el ejercicio de la profesión.
No propugnamos aquí necesariamente porque se eliminen las formalidades propias para el ejercicio de la profesión, sino porque esos trámites sean simplificados y no recaigan en una sola persona, sino que se agoten por ante y en la institución encargada, pasando a ser un simple trámite administrativo, pero no que tenga que contar con la autorización del presidente de la República porque eso es sustituir lo institucional por lo personal.
Ese trámite, que ya es en sí mismo algo tedioso, habida cuenta de que para la solicitud a realizar hay que seguir un procedimiento que empieza con la instancia de solicitud dirigida al día de hoy al Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT), donde hay que solicitar diversas certificaciones de diferentes documentos expedidos por su universidad, según corresponda, sin perder de vista que esto resulta en ocasiones sumamente incómodo y tedioso.
Pero bien, luego de lograr la documentación requerida en la universidad de que se trate y que esta a su vez remita al MESCyT los oficios que correspondan, entonces hay que iniciar un nuevo calvario; perdón, un nuevo trámite, y agotados todos estos, quedando en muchos casos exhaustos por todo lo que esto implica no sólo en términos de costos, sino de tiempo, entonces hay que esperar a que esos documentos sean remitidos al Poder Ejecutivo y esperar a su vez para que este emita el exequátur.
Es decir, que no basta con agotar todo lo que implica una carrera universitaria -leer bien y reitero- todo lo que implica una carrera universitaria, máxime en un país como el nuestro, sino que hay que seguir trámites que en ocasiones parecen interminables y por demás desesperantes, y no es sino luego de agotar todo aquel proceso y que el presidente de la República expida el exequátur correspondiente, cuando se podrá estar habilitado para ejercer la profesión cuya universidad acreditó con la expedición del título universitario.
Recordemos que sobre la base de lo dispuesto en dicha ley no pudo ejercer su profesión la destacada estudiante de derecho y dirigente revolucionaria Minerva Mirabal, para sólo citar un ejemplo conocido. Ojalá que sea retomada la discusión en ese sentido, pensando sobre todo en simplificar todos estos trámites y quitarle esa atribución al presidente de la República.
El autor es ocoeño y egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).