La exoneración tributaria a la importación de paquetes de bajo valor
El Gobierno ha afirmado en varias oportunidades que uno de los objetivos centrales de la inminente reforma tributaria será evitar que, entre dos empresas de un mismo sector de actividad, una sea más competitiva que la otra por tener exoneraciones tributarias. Lo que se pretende es nivelar el campo de juego (leveling the playing field), evitar situaciones de competencia desleal. Ésta es una muy buena noticia para la industria y el comercio local formal que, desde hace ya demasiados años, viene sufriendo la competencia desleal de las compras por Internet de paquetes de bajo valor exoneradas de impuestos.
En efecto, en República Dominicana, las compras de bienes a proveedores del exterior por parte de consumidores finales (business to consumer, B2C), que casi en su totalidad se realizan a través de plataformas digitales, están exoneradas de arancel, de ITBIS y, si correspondiese, de Impuesto Selectivo al Consumo, cuando son inferiores a un umbral de US$ 200 (llamado de minimis en la jerga sobre el tema). Esta exoneración tributaria implica una significativa competencia desleal para el comercio local formal, pues las ventas internas sí están gravadas con todos esos impuestos y aranceles.
Debido a esta competencia desleal, un producto comprado online al exterior resulta entre 30% y 40% más barato que el mismo producto comprado en una tienda local. Dado que el costo del courier es por peso y no por valor, cuanto más caro el artículo, más amplia la brecha. La pérdida de competitividad producto de esta competencia desleal es realmente significativa, sobre todo si se tiene en cuenta que la amplísima mayoría de las ventas del comercio local formal no superan los US$ 100.
Según estimaciones realizadas a partir de la información del portal de datos Statista, las compras online de bienes realizadas por consumidores dominicanos alcanzaron los US$ 1,161 millones en 2023, equivalentes a un 6% de las ventas gravadas con ITBIS del sector comercio en 2023. Este volumen fue 2.5 veces el de 2017 (US$ 471 millones), lo que evidencia su significativo crecimiento.
A partir de estas cifras, puede estimarse que la renuncia fiscal potencial por el no cobro de arancel (20%) y de ITBIS (18%) fue de US$ 450 millones en 2023, un 0.37% del PIB, aproximadamente. La relevancia de esta recaudación potencial resulta evidente cuando se considera que representó un 90% de la recaudación del ISC de bebidas alcohólicas (incluidas las cervezas) en dicho año, y fue equivalente al rendimiento de aumentar la tasa de ITBIS de 18% a poco menos de 19.5%.
Un ejercicio de legislación comparada permite concluir que la tendencia a nivel mundial es derogar la exoneración tributaria a la importación de paquetes de bajo valor. Por ejemplo, la Unión Europea eliminó el umbral mínimo en julio de 2021, pese a que era de solo 22 euros. Otros países desarrollados -como Australia, Noruega, Nueva Zelanda y Suiza- también han quitado el de minimis, haciendo responsables a las plataformas de recaudar el IVA correspondiente. Entre los países de la región -Centroamérica, México y Sudamérica- solamente Colombia y Perú tienen un régimen como el de República Dominicana. Todos los demás tienen disposiciones más restrictivas que las de nuestro país.
Es importante señalar que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el Grupo Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) impulsan la derogación del de minimis en la región. En tal sentido, en 2021 elaboraron un kit de herramientas con orientaciones detalladas “para el diseño e implementación de políticas sólidas de aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) al comercio digital”. Estas organizaciones señalan que las exoneraciones impositivas “para las importaciones de bienes de bajo valor son cada vez más controvertidas en el contexto de la floreciente economía digital”, porque “… dan lugar a una disminución de los ingresos por IVA y generan presiones competitivas desleales” y “ … suponen un incentivo para que los proveedores nacionales se trasladen o relocalicen a una jurisdicción extranjera con objeto de vender sus productos de bajo valor libres de IVA”. “Todas estas consecuencias tienen efectos negativos adicionales en el empleo y en los ingresos por impuestos directos del país”. Cabría agregar que la exoneración tiene un sesgo regresivo en República Dominicana: quienes más se benefician de ella son los sectores de más altos ingresos.
La exoneración se justificaba inicialmente por el alto costo de administración que implicaba para la Aduana la declaración y cobro de impuestos a los envíos de bajo valor. Pero los desarrollos tecnológicos han bajado muy significativamente este costo de administración y, además, República Dominicana puede beneficiarse de la experiencia exitosa de varios países de la región.
El Gobierno está consciente de la competencia desleal para la industria y el comercio local formal, así como del sacrificio fiscal que esta situación genera. Si el Gobierno quiere que nuestra industria y comercio local sean competitivos debe igualar las reglas de juego. En este sentido, para aspirar a un Estado de libre competencia real y justo, deberá regularizar esta situación con la reforma fiscal derogando la exoneración.
Economista y Consultor Internacional