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La violencia de género: Una mirada interior

En los tiempos que corren, ha venido ganando terreno la violencia de género. Todo ello ha propiciado que se implementen rigurosos protocolos judiciales. No obstante, se suscitan casos que merecen una profunda reflexión.

En la práctica, el mecanismo utilizado para los temas de violencia de género suele distorsionarse, dificultando la efectiva administración de justicia. Es imperativo que el procedimiento sea estricto para proteger a las víctimas, aunque también debe ser lo suficientemente flexible para adaptarse a la realidad de cada caso en concreto.

Un aspecto preocupante es la tendencia a ignorar la presunción de inocencia en el desarrollo de la acusación. En numerosos casos, la simple declaración de la denunciante es suficiente para que se dicte prisión preventiva contra el acusado, olvidando así el principio fundamental de que la libertad es la regla y la prisión, la excepción. Esta práctica no solo vulnera derechos fundamentales, sino que también puede ser explotada por aquellos que buscan ejercer presión sobre sus parejas o ex parejas.

La presunción de inocencia es uno de los pilares de nuestro sistema judicial. Cuando se ignora este principio, no solo se pone en riesgo la libertad del inocente, sino que también se socava la confianza en la justicia. Esta situación crea un dilema para los jueces, quienes pueden optar por la prisión preventiva para evitar el escarnio público, aunque esta decisión pueda resultar injusta. La presión de los medios de comunicación y de la sociedad en general puede influir en determinadas decisiones judiciales, inclinando a muchos jueces a optar por soluciones que les permitan protegerse de la crítica.

El populismo penal juega un rol significativo en la administración de justicia en no pocos casos de violencia de género. La exigencia del público por respuestas rápidas y rigurosas puede influir para que se adopten decisiones precipitadas, que no siempre se fundamentan en pruebas sólidas. Es fundamental que los actores del sistema judicial reflexionen sobre las implicaciones de estas prácticas y así buscar un adecuado equilibrio que proteja a las víctimas sin sacrificar los derechos de los acusados.

Se impone recordar que la prisión preventiva debe ser la última opción entre las medidas de coerción previstas en nuestra legislación, reservada para expedientes donde existan pruebas contundentes sobre el peligro que podría representar el acusado. De manera que dar fe pública automáticamente a la declaración de la denunciante que no presenta pruebas de sus afirmaciones puede afectar la dignidad y la reputación de un hombre inocente ante la opinión pública.

Cuando se abusa de los mecanismos de protección diseñados en beneficio de la mujer, se le resta credibilidad a las denuncias legítimas y el mérito al arduo trabajo de los movimientos feministas que han luchado durante años para proteger los derechos de su género. Estas acciones debilitan los avances alcanzados en materia de igualdad y protección, erosionando la confianza pública en el aparato judicial y en las auténticas denuncias relativas a la violencia de género.

Las falsas denuncias, así como el uso indebido de los medios judiciales para obtener ventajas en disputas personales, no solo perjudican a los implicados, sino que también generan un clima de desconfianza. En tal sentido, urge reflexionar sobre los temas referentes a la violencia de género y fortalecer los procesos investigativos para que sean justos y efectivos, garantizando que la presunción de inocencia sea respetada y asegurando que la prisión preventiva sea utilizada con cautela e imparcialidad. Solo así podremos proteger a las víctimas sin cometer atropellos contra inocentes. En consecuencia, resulta imperativo que tanto los actores del sistema judicial como la sociedad adquieran conciencia sobre las implicaciones de las denuncias irresponsables.

Debemos recordar que la justicia no solo trata de castigar a los culpables, sino también de proteger a los inocentes y garantizar que todos los ciudadanos reciban un trato digno. Solo a través de un compromiso colectivo podremos construir una sociedad más igualitaria e inclusiva en la que los tribunales sirvan a sus más genuinos propósitos y no puedan ser empleados como instrumento de retaliación. En suma, la finalidad debe consistir siempre en la protección de las personas, especialmente los más vulnerables.