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Tribuna del Atlántico

Criterio de oportunidad y tinta de calamar

En, De calamares y fuego, decíamos que: “el componente de la financiación de la campaña, es un elemento que, como la tinta de calamar, puede enturbiar las aguas”, la tinta ha manchado el proceso, por otros motivos.

Ha sido la tinta de un documento a ser homologado, la que al ser revelada el viernes, por el periodista, Julio Martínez Pozo, ha enturbiado las aguas del mismo y ha salpicado libertades irrenunciables.

Dar la oportunidad de que una parte de los fondos a devolver al Estado, sea con obras a realizar por la empresa del señor, Ramon Emilio Jiménez Collie, Mimilo, es un acuerdo bochornoso, una tomadura de pelo.

Desde el principio, me preguntaba, hasta que punto era lógico y legal que, los delatores privilegiados, amparados en el criterio de oportunidad, no fueran detenidos, como los demás implicados y ni siquiera se constituyeran en prisión y luego liberados por su colaboración. No, estos sencillamente con el acuerdo, lo revelado, la devolución de una parte y el acuerdo homologado, ya resolvieron su problema, excluidos de la acción penal..

Diferentes abogados han cuestionado la validez de este proceder. Me referiré solo a lo dicho por Julio Cury, quien ha expresado que no procede el criterio de oportunidad, porque estos no son cómplices, son coautores.

“Pero aún hubiese sido así, en su caso tampoco sería posible porque la apreciación del criterio de oportunidad, está condicionada a que la sanción imponible al beneficiario sea textualmente, como establece el artículo 370 numeral 6 del Código Penal, considerablemente más débil que la imponible a los demás. Y como no estamos ante un cómplice, sino ante un coautor, entonces, esa condición no se verifica, y por tanto, a ese señor debería estar en el carcelita de Ciudad Nueva”, dice el jurista.

Por el contrario el Ministerio Público solicita el desestimiento de la acción penal a favor de Fernando Crisóstomo Herrera, Ramón Emilio Jiménez Collie, Víctor Matías Encarnación Montero, José Arturo Ureña, Belkis Antonia Tejeda Ramírez, Natalia Cesarina Beltré Torres y la empresa Grupo Dibefe, S.R.L.

Este trato, a mí se me parece mucho, a las dispensas que han dado en España, al rey Emérito, don Juan Carlos, por delitos fiscales, no sabemos si por la condición de miembros del Jet Set, de algunos de los implicados.

La respuesta dada el domingo por la Procuraduría, ha enturbiado más las aguas, con su indiscutible amenaza a la libertad de expresión, ahora aclarada a requerimiento de Listín, sobre las “medidas cautelares”, al decir que se refiere a los imputados y no a la prensa. Sigue embarrada de tinta, al no aclarar lo de, “escudarse en un micrófono”, cuando pensábamos que al opinar por esa vía, se asumían las consecuencias de lo que se dice.

Con Martínez Pozo, se puede estar de acuerdo o no, pero hay que reconocer que es un comunicador bien informado, ponderado y que asume con responsabilidad sus planteamientos. No es de los buscadores de “likes”, que dicen todo lo que le llega a la boca.

Más penoso aún es, que ni en su comunicado del domingo, ni en la respuesta a Listín, se aclare la gravísima revelación del acuerdo, en cuanto a la posibilidad de pagar con nuevas obras.

Un señor que confiesa haber participado en acciones para defraudar al Estado, ser ideólogo de formas para ejecutar el hurto, se salva del proceso, con oportunas delaciones y parciales devoluciones, sin siquiera ser detenido brevemente y sin que el calamar le haya manchado, el elegante pañuelo en la solapa de su fino traje, él y compartes, son gente con suerte.