Inclusión laboral de las mujeres con discapacidad
A través de estas líneas les comparto algunas reflexiones sobre las mujeres con discapacidad, que anhelan ser incluidas en el sistema laboral. En la República Dominicana, las estadísticas oficiales indican que más del 55 % de las personas con discapacidad son mujeres, quienes, en su gran mayoría, carecen de una fuente de ingreso. Entre las instituciones que contribuyen en pro de garantizar sus derechos, se destaca el Círculo de Mujeres con Discapacidad (CIMUDIS).
En mi opinión, cuando hemos tenido el grato placer de compartir con diversos grupos de las mujeres con discapacidad, en el contexto académico e institucional, hemos observado que son mujeres con alto grado de sensibilidad humana, empatía, compromiso ético y social. En adición, están capacitadas a nivel universitario y/o técnico. En ese sentido, realizan ingentes esfuerzos para tratar de adquirir un trabajo cónsono sus competencias, sin embargo, solo encuentran barreras visibles e invisibles que coartan sus sueños y, derechos a un trabajo digno, conforme sus talentos y competencias.
Lo precitado puede ser ilustrado a través de un testimonio de vida de una compañera de estudios, quien tiene discapacidad motora, y en una ocasión nos expresó “tengo año y medio que me gradué de Abogada, pero no trabajo en el área, laboro como recepcionista y como podrás imaginarte quisiera conseguir otro empleo donde tenga mejor salario y esté en mi área. Estoy tocando puertas por muchas partes, pero no ha sido posible”.
Consecuentemente, para indagar las causas que generan las referidas barreras, procedemos a realizar un análisis a la Constitución Dominicana y la Ley Orgánica sobre Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad núm. 5-13. En síntesis, el referido marco legal si establece las disposiciones que garantizan la protección de los derechos de las personas con discapacidad, entre estos, la inclusión laboral de las personas con discapacidad en sus nóminas de trabajo, estableciendo, que la cantidad nunca será inferior al 5% en el sector público y, el 2% en el sector privado.
La premisa anterior, indica que no existen barreras legales que impida la inclusión laboral de las personas con discapacidad, sino, las barreras culturales e institucionales promovidas por la falta de sensibilización y, una conducta discriminatoria retroalimentada por un sistema de creencias; por lo que urge el desarrollo de acciones educativas en pro del tema.
Como reflexión final, recordemos que la inclusión laboral de las mujeres con discapacidad contribuirá a su desarrollo integral, junto a sus hijos e hijas y, su familia. De igual modo, ayuda a humanizar el entorno laboral. También aporta a la producción nacional y responsabilidad social y, garantiza el desarrollo integral de una sociedad justa e inclusiva.