OTEANDO

Un error de la JCE

Según la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, en su artículo 7, numeral 13 establece, como uno de los principios rectores de la justicia constitucional, el Principio de Vinculatoriedad al expresar: “Las decisiones del Tribunal Constitucional y las interpretaciones que adoptan o hagan los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes públicos y todos los órganos del Estado”.

La condición de órgano extrapoder de la Junta Central Electoral no alcanza a obliterar su naturaleza de órgano del Estado. Por tanto, ella está vinculada, al igual que cualquier otro órgano del Estado, a las decisiones que dicta el Tribunal Constitucional.

Lo anterior es algo que la Junta Central Electoral debió tener en cuenta al embarcarse en la empresa de hacer admoniciones a los partidos políticos, respecto de la realización de proselitismo extemporáneo, fundamentadas en artículos de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos declarados inconstitucionales por el Tribunal Superior Electoral y el propio Tribunal Constitucional. En este caso, la Junta Central Electoral debe mirar un poco más allá de la curva, hacer un ejercicio de presciencia que le permita demostrar que es una institución que honra su condición de órgano extrapoder; pero, sobre todo, que es capaz de contribuir, con su desempeño, a mantener la paz social y la confianza en el sistema democrático que está llamada a concretizar.

La Junta Central Electoral debe recordar que no debe poner en juego la confianza de la que está llamada a ser acreedora respecto de la población por cuestiones menudas que, en definitiva, deben ser comprendidas desde la perspectiva de las llamadas “reglas no escritas”, mismas que no son resultado de la norma genuina, sino de la prudencia que ha de observarse en el arte de gestionar cuestiones de Estado. Desoír las decisiones del Tribunal Constitucional sería como caer en la negación de su propia esencia, y aún más, habida cuenta de que aquí todo se le pega al Gobierno, arriesgarse a que algunos capciosos promuevan la especie de que sirve a intereses de Palacio. Una y otra hipótesis no son tan perjudiciales para la Junta Central Electoral como lo serían para la realización de unos comicios con resultados creíbles y, sobre todo, para la preservación del sistema democrático.

Los miembros de la JCE no deben correrse el riesgo, tampoco, de que sus respectivas bien ganadas reputaciones terminen deterioradas y que, igual como ha sucedido respecto de otros miembros del pasado, terminen siendo estimados pusilánimes y heterónomos.