OBSERVATORIO GLOBAL

El comunicado de la JCE desconoce la Constitución

En su comunicado de admonición o reprimenda del pasado 10 de agosto, la Junta Central Electoral ordenó el cese inmediato de los actos prohibidos durante el período de precampaña electoral, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.”

Conforme a esa decisión, hasta que se emita la proclama que deja formalmente iniciada la etapa de campaña electoral, queda prohibido, a) la realización de eventos multitudinarios como mítines, marchas y caravanas; b) la divulgación en espacios públicos de propaganda electoral como la colocación de vallas, afiches y pancartas; y c). la promoción de los aspirantes a cargos de elección popular a través de medios de comunicación como la radio y la televisión.

De esa manera, las organizaciones políticas serían compelidas a retirar en un plazo de 15 días, toda la propaganda gráfica, así como poner fin a toda difusión de mensajes proselitistas en radio o televisión.

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