Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

Operativización del control social y fiscalización de recursos públicos

La Constitución dominicana, en su capítulo III, se refiere al control de los fondos públicos, y nos referiremos de manera específica al control y fiscalización que debe ejercer la ciudadanía de conformidad al artículo 246.

El control externo es facultad exclusiva de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, cuya ley vigente, la 10-04, establece en su artículo 7, numeral 4, de forma general, el derecho y la obligación de la ciudadanía de contribuir con los organismos de control externo e interno, y con los especializados, en la prevención e investigación de la corrupción, para que los recursos públicos sean utilizados dentro del marco de la ley, con transparencia, eficiencia, eficacia y economía.

En los procesos de fiscalización de recursos públicos, la participación y control ciudadano, hasta la fecha, ha sido muy básica, limitándose principalmente a denuncias de forma anónima o a solicitudes de auditorías.

Para generar valor público derivado de los procesos de fiscalización, es necesaria la incorporación de los ciudadanos en las etapas en que sea posible, en cada uno de los distintos tipos de auditorías que se realizan. Durante la etapa previa es suficiente con incluir en el plan anual de auditoría las de los entes y órganos de la Administración Pública que han sido denunciados formalmente, o que a través de medios de comunicación han sido señalados con presunción del mal uso de recursos o incumplimientos normativos; en la fase de planificación y ejecución es necesaria la inclusión y participación activa de los ciudadanos en el proceso de fiscalización.

La veeduría ciudadana es necesaria, de ahí la necesidad de contar con una base de datos de ciudadanos e instituciones que deseen ser partícipes de las auditorías, salvaguardando siempre que no exista un conflicto de interés entre los veedores y la auditoría a realizar. Una forma útil, sencilla, y que genera valor público, es incorporar los estudiantes de término de la educación media y los universitarios en los procesos de fiscalización. Esto no solo contribuye a la observación y fiscalización ciudadana, sino que permite la adopción de competencias para el desempeño laboral de estos jóvenes.

Es importante la realización de foros ciudadanos en los cuales se reciban las expectativas con relación a los procesos de fiscalización, así como también hacerlos partícipes de las recomendaciones, disponer de un adecuado sistema de seguimiento a las mismas y lograr que los participantes se empoderen de la implementación de las sugerencias realizadas.

La difusión de información juega un rol de primer orden, ya que es necesario concientizar cómo el uso adecuado de los recursos contribuye a mayor cantidad y calidad de los servicios públicos, y quiénes mejor para fiscalizar que aquellos que son los receptores de estos. Además, es necesario comunicar a la ciudadanía de forma oportuna, por distintos canales y de forma amigable, los resultados de las autorías realizadas. Siempre será un valor agregado que la entidad de fiscalización sea ejemplo y modelo de transparencia, eficiencia y buena gobernanza. Es mucho más fácil exigir derechos cuando se cumple con los deberes establecidos en la Constitución y las leyes.

La incorporación de la ciudadanía en los procesos de fiscalización trae consigo una mayor credibilidad, confianza y legitimidad para la entidad. Es necesaria la incorporación gradual, pero continua, en las distintas etapas y tipos de auditorías realizadas.

Necesariamente, habrá que diseñar y ejecutar un plan de comunicación y capacitación a nivel nacional para motivar a la participación y control social, en primer lugar, y para capacitar, posteriormente, a todos aquellos que sean seleccionados.

La autora es miembro de la Cámara de Cuentas

Tags relacionados